claro que existe el delito no haga caso a nordeste, a mi ex se la condeno por sustracción de menores, hasta que no este determinada por resolución judicial usted tiene también la guardia y custodia de sus hijos, consulte con su abogado
Si claro que existe, pero sustración de menores por alguien que no es su padre o madre. Vamos lo que conocemos como un secuestro. Nada que ver con que una madre o padre lleven a su hijo donde quieran. De todas formas jamás he visto un caso de divorcio sin que especifique quien se queda con la custodia. Esta usted seguro?
Pero medio-hombre, usted a pedido divorcio y custodia o compartida o nada aún? Yo creo que debería empezar por ahí. Despues con una sentencia podrá usted denunciar incumplimientos. Vuelva usted al domicilio familiar y pida la custodia o la compartida en su defecto ya que hoy en dia en España si no hay acuerdo, compartida no se otorgan. Saludos y ánimos.
Yo creo que la sustración se produce aunque no sea otro país (cosa que parece tener clara medio-hombre).
En todo caso dentro de Schengen se puede viajar sin necesidad de pasaporte, por tanto se puede trasladar a un menor fuera del país aunque este no disponga de pasaporte.
Sustracción de menores es cuando se traslada a vivir a otro pais. Si dice usted que no tiene pasaporte, no creo que sea el caso. Además en todo caso tendría que demostrarlo.
DIsculpad que me ponga pesado, pero necesito conocer vuestra opinion, sobre si mi caso es sustracción de menores, mi ex desapareció con nuestro hijo de dos años, un mes despues de hecharme de casa, y de haberme puesto una denuncia falsa de malos tratos, por la que se le nego alejamiento y proteccion, asi com medidas provisionales y hay orden judicial para que pase por el satav, para ver si tiene sindrome de mujer maltratada.
Ella abandono el domicilio familiar, sin decirme nada y no se donde esta mi hijo desde hace 62 dias, bien, fue denunciada por esto, y no se presentó al juicio. EN la sentencia, no se establece guardia y custodia para ninguno de los dos, pero SSª, ordena que:
-prohibicion de salida del pais del menor, sin autorización judicial
-que no se le emita pasaporte
-deducir testimonio al judgado decano a fin de que por el judgado de instrucción de turno, se investigue la posible relevancia penal de la madre de mi hijo, por un posible delito de sustracción de menores.
AHora bien, digo yo, segun esto:
Artículo 225 bis.
1. El progenitor que sin causa justificada para ello sustrajere a su hijo menor será castigado con la pena de prisión de dos a cuatro años e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad por tiempo de cuatro a diez años.
2. A los efectos de este artículo, se considera sustracción:
1º El traslado de un menor de su lugar de residencia sin consentimiento del progenitor con quien conviva habitualmente o de las personas o instituciones a las cuales estuviese confiada su guarda o custodia.
y teniendo en cuenta, que hacia un mes que no podia convivir con el menor, pero si que tengo aun la custodia, ¿creeis que se considera sustracción o no?