Cuando se persone dice que va sustituyendote a ti, pero el sustituto tendra que pertenecer a ese turno donde va ha ejercitar la sustitucion, no creo que te pongan pegas...
Hola:
Tengo la siguiente duda que espero me podáis aclarar:
¿Puede un compañero sustituirme en una Guardia del Turno de Oficio?
¿Cómo se haría, simplemente declarando el Letrado sustituto que actúa en sustitución de su compañero?.
¿Tiene que pertenecer al Turno o puede sustituirme cualquier compañero ejerciente?
Gracias