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Sustitucion del jefe de policia

3 Comentarios
 
Sustitucion del jefe de policia
13/01/2006 11:41

Agradezco a las personas que sepan de este tema y me asesoren:
Un Sargento de la Policía Local se pasó para otro pueblo, en comisión de servicio y está preocupado porque en su plantilla el alcalde, ante el cual se arrastró y se vendió, le permitió ascender sin tener el bachiller sino algún papelucho y nada más y ahora teme que en el otro pueblo descubran que él no tiene estudios para ser sargento y eso hace que ocurrió unos cuatro años.
¿ Pueden echarle abajo la plaza de sargento si descubren que hace cuatro años ascendió sin tener estudios para ello?
Y por otro lado, al marcharse el sargento para ese pueblo y quedarse de jefe el único cabo, si cae enfermo o se da de baja el cabo, ¿puede el alcalde fichar a un guardia de otro pueblo, de jefe porque no le gusta ninguno de los diez que tiene para que se quede de jefe accidental sustituyendo al cabo, o solo lo puede hacer con la plaza de superior categoría vacante que es la que ostenta la jefatura?
Esto ocurre en Tenerife y la Ley de Coordinación de Canarias de la Policías Locales establece que el alcalde puede fichar de jefe a otro de la misma categoría de la que tenga la plaza del que desempeña la jefatura .Empero si estuvieran las plazas vacantes escalonadamente, ¿ lo puede seguir haciendo con las plazas inferiores porque no quiere a los suyos nada más que para lo que le conviene ?
A mi, lo que mi inteligencia me da, es que para sustituir al jefe el alcalde puede optar por y entre los de igual rango inferior pero no irse a traerlo de la calle, cuando la ley solo se refiere que puede traer a uno de igual categoría al que ostente la jefatura. Es decir, si en este caso, al irse el sargento, si tuviera dos cabos y diez guardias, yo admito que el alcalde puede optar por traerse otro sargento de otro pueblo de jefe accidental o elegir a uno de entre los dos cabos que le siguen pero no el traerse a un tercer cabo de otro sitio.
Y eso sí, me gustaría que me asosorase gente que sepa, porque he visto algunos dictámenes en estos foros, de personas que se lanza a la piscina de forma estrepitosa. Es decir, me encanta aprender de personas que sepan pero no que me confundan más de lo que estoy pues como decía Sócrates mientras más estudiaba: “yo solo sé que no sé nada”.
SALUDOS CORDIALES
13/01/2006 20:15
Lo primero que habría que analizar es la regulación jurídica específica que existe en la Comunidad Autónoma al respecto. Pero, dicho esto, la administración pública a nivel local deja mucho que desear a la hora de cumplir la ley respecto al reclutamiento de su funcionariado o del personal contratado laboral, y más en el sector de la seguridad pública. Los jefes de policía local suelen ser seleccionados a dedo por ser conocidos del alcalde o regidor correspondiente, quedando en un segundo plano la provisión legal de la plaza correspondiente.
Luego hay que analizar otro factor, muchos funcionarios han accedido a esas plazas vulnerando la legislación vigente, pero ello debe instarlo un juez a partir de una denuncia ante el orden contencioso, que precisamente es el más lento en instruirse y sentenciar y, sobre todo, a la hora de resolver recursos. Por ello, muchos alcaldes conocen de sobra la ilegalidad de sus actos, pero otra cosa es que sean de facto anulados por el poder judicial. Y, encima, muchas veces el poder judicial no entran en el fondo de muchos asuntos ya que su arreglo jurídico-real es muchas veces imposible pues ¿cómo declarar nulas de pleno derecho, por ejemplo, convocatorias para poveer determinados puestos de trabajo de funcionarios 10 ó 12 años después de haber cerrado la oposición y haber tomado cargo de sus cargos por haberse vulnerado la casi totalidad de las bases de la convocatoria?

Es probable que el hecho que relata se encuadre en el tipo de problemática explicitada. Existe un Jefe de un cuerpo de Policía Local sin los mínimos requisitos de titulación básica que por ley son exigibles, y que accedió al cargo en virtud de alguna decisión discrecional tomada por algún cargo político, a sabiendas de su ilegalidad, pero que para mayor esperpento hoy no ostenta cargo alguno, con lo cual su herencia es "admirable" (hasta tendrá alguna calle)
Lamento no poder aclararle mucho, pero desconozco la regulación canaria al respecto, aunque estoy algo familiarizado con ese sector en otra Comunidad Autónoma



15/01/2006 09:15
Muchas gracias por su exposicion,Kyoto. Efectivamente es así como Vd. dice y lo peor de todo esto es la impotencia quesienten las personas o funcionarios honestos, ante toda jauría dedicada a estas practicas sobretodo en los ayuntamientos, que, mientras unos funcionarios se dedican a estudiar y superarse en su profesion, otros lo tienen claro: con besarle el c al alcalde es suficiente y, a sabiendas de la ilegalidad. Es màs, en determinada ocasión le dije a mi alcande que tal cuestion era una ilegalidad y él me contestó que sí, que lo era pero que la gente no recurria a los tribunales, y por lo tanto lo iba a a hacer.
Toda esta situación redunda en la calidad de la funcion pública pues en la mayoría de los casos estan al frente de los puestos de relevancia no los mejores y sino mediocridades pero que son los de su confianza y luego, cuando llega el relevo aquello es un estorbo y a quitarlo pero eso sí, a hacer lo mismo que hizo el otro aunque lo habían estado denunciando o criticando.
Saludos
15/01/2006 19:41
Parecida realidad ocurre en todas las Comunidades Autónomas. Pero yo siempre aconsejo que se denuncie, ¿qué tardará? seguro. Años. Pero al final, si la ilegalidad es manifiesta, la denuncia está bien estructurada y fundamentada y hay algo de suerte con el órgano juzgador, la satisfacción que produce que le den a uno la razón es impagable. La pena es que no condenen al Sr. X sino a la alcaldía de ..., y que tenga que pagar el presupuesto no el indeseable de su autor.
A usted le dijo eso un alcalde, a mi también. Me lo dijo el alcalde, el teniente de alcalde y el propio Jefe de la Policía Local. Al final fueron condenados, tras 9 años de pleito, cuando los dos primeros ya no estaban. Pero al Jefe de las huestes locales lo condenaron por lo penal con larga pena añadida de inhabilitación, que incorpora la "propina" de perder su trabajo de funcionario, porque fue el tonto que debía hacer de autor mediato (los políticos son más listos porque ordenan y dirigen pero no dejan "huellas" ni pruebas "de cargo").
Así funcionan las cosas aquí.