Buenos días. Quería preguntar si cómo particular puedo solicitar la extensión de una sentencia firme en el ámbito privado.
El caso es el siguiente: sótano y bajo demandan a Comunidad, para impugnar un acta, y anular un acuerdo en el que se aprueba la obra de sustitución del ascensor y adecuación del portal, sin barreras arquitectónica, sin acceso al sótano, pero se les dice que tienen que pagarla.
Los demandantes consideran que es contrario a ley y estatutos ya que en éstos están exonerados de los gastos de ascensor y en la Comunidad ya hay ascensor.
Está pendiente la sentencia firme.
Mi cliente, propietario de sótanos y bajos también, no impugnó el acta en su momento porque la Comunidad le demandó por otro motivo, relacionado con la obra ya que necesitaban espacio áereo suyo para llevar a cabo la obra. Tras perder mi cliente , la obra se lleva a cabo, pero no está dispuesto a pagarla si el ascensor no tiene parada en el sótano. En el caso, de que llegase a los sótanos sí respecto de los sótanos, pero no como propietario de un Bajo.
Mi pregunta es si espera a que salga la sentencia y si ganan y se les exonera del pago pedir la extensión de sentencia, o por el contrario, adelantarse e impugnar la ultima acta en la que se han presentado presupuestos y se han aprobado y se le ha metido en la distribución del gasto, tanto si el otro propietario que ha demandado gana o no.
Según la última sentencia del Supremo, de noviembre de 2016 estarían exonerados de pagar, pero a ver que dice el juez.
Gracias,
Un saludo