Mi empresa tiene un ERTE colectivo firmado por todos los trabajadores, aunque, como bien sabemos, no les afecta a todos. A principios de este mes han abierto el plazo de un ERE voluntario cuyo listado ha salido el viernes pasado. Uno de los trabajadores afectados trabaja en mi centro con una jornada de 40 horas semanales. Yo tengo un contrato fijo de 7 horas semanales. LLevo con este contrato 3 años, e implica hacer las vacaciones, festivos y bajas del resto de los trabajadores de mi categoría y la promesa de ocupar la primera plaza de 40 horas que saliera (pero no por escrito). La empresa, junto a CCOO han decidido que sustituya a la persona afectada de ERE, otra persona de otro centro. Mi pregunta es: ¿no tengo yo más derecho a la hora de coger el puesto de 40 horas que otra persona que viene de fuera?
Mi convenio es el de colectividades. Boe del 5 de junio de 2019
Gracias
Cuando surge una plaza nueva los ctos a tiempo parcial tienen preferencia para cubrirla a los cotos a tiempo completo pero lo que aquí parece suceder es que el pasan a cubrir el puesto con un trabajador que está en el Censo de la empresa, es decir no hay incremento de jornada porque se va un trabajador a un ERE voluntario, (quizás por qué le quede poco para jubilarse y así le interesa irse de la empresa) y quién lo suple es un trabajador que ya estaba en la empresa con el mismo cto, habrá que ver que se hace con el puesto que deja este 2 trabajador si se amortiza por el ERE o queda libre y entonces si podría usted reclamar esa jornada para usted.
Nos dice que cubren esa plaza con personal ajeno, no es cierto, éste segundo trabajador ya forma parte de la plantilla de la empresa si fuera externalizado no le correspondería ni a este 2 trabajador ni a usted, sería de la empresa prestadora del servicio externo.
No sé si lo explico, me refiero a que no hay incremento de jornada para que usted pase de hacer 7 h a esas 40 h, simplemente un trabajador se va al ERE por lo que otro asume su jornada quedando libre la jornada de este último, la cuál la empresa que realiza el ERE puede suprimir, eso sí, si esa jornada se suple con uno de fuera se estaría cometiendo un abuso con usted por no pasarle a esa jornada completa.
smo