A) Pena de prisión de 2 meses y 15 dÃas, sustituida obligatoriamente por 5 meses de multa a 3 euros por dia (450 euros). Se ejecutó finalmente en el pago de 3 mensualidades con alicuotas de 150 euros. Cumplida a 02/07/2021
B) Pena de alejamiento de 2 años que se da por extinguida con creces al momento de la sentencia, siendo que ha costado 2 recursos para que reconozcan el cumplimiento de esta pena a fecha de 21/08/2018.
Resulta que en la cancelación de antecedentes sale denegada el 21/09/2022, por no haber transcurrido el plazo legal de 3 años de la pena principal menos grave.
Ahora bien. La pena original de 2 meses y 15 dÃas era leve antes de ser sustituida por multa. Resulta que su sustitución agrava el carácter de la pena pues una multa de 5 meses pasa a ser una pena menos grave. Esto es incongruente no? Que se puede hacer al respecto? Estamos hablando que de un supuesto golpe de obra sin lesión, en una riña familiar, el 20/08/2016, a fecha de hoy no es cancelable, y no parece que vaya a serlo hasta el 21/08/2024.