hola, compañeros. tengo una duda. ¿cuándo debe solicitarse la sustitución o la suspensión de la pena? ¿debo esperar a que se abra la ejecutoria, es decir, debo esperar a que se dicte auto de incoación de la ejecutoria, o por el contrario debo presentar el escrito cuanto antes? mi cliente está condenado a nueve meses de prisión, y la sentencia es ya firme. Gracias!