buenas a todos:
La semana que viene tengo mi primer juicio por turno de oficio, se trata de un hurto, creo que nos conformaremos, porque tan solo están pidiendo un año...Mi duda es cómo y cuando debo pedir la sustitución de la condena puesto que mi cliente quiere realizar TBC, y soy incapaz de ver cómo y cuando puedo solicitarlo...dentro de la LECR.
Muchas gracias a todos, los que nos ayudáis a los principiantes.
Hola, mi consejo es que aunque solo pidan un año de prision que vallais a por todas porque supongo que ademas de la pena de prision tambien pediran un aresponsabilidad civil a pagar ¿no? pero es que ademas nadie sabe si tu cliente puede tener en el futuro otro tropiezo y al final tener que pagar las dos condenas, es improbable porque se andara con pies de plomo pero la posibilidad esta ahi...
De todas formas si vais a conformaros lo que os recomiendo es que negocieis y que saqueis lo minimo posible, sobre todo en cuanto a responsabilidad civil se refiere...
Con respecto a lo que preguntas de la sustitucion de la condena por trabajos, esto se pide en la ejecutoria, cuando la causa este en fase de ejecucion en juzgado de ejecutorias penales, de hecho es el propio cliente el que lo solicita en el juzgado de ejecutorias, una vez que le notifican que la sentencia se va a ejecutar, y de hecho si la firma del propio interesado no puede efectuarse la peticion de sustitucion de la condena por trabajos.
De todas formas si es la primera vez que no sea tonto y que pida la suspension de la condena por ser la primera vez, pero repito que esto tiene que efectuarse siempre cuando os llegue la ejecutoria, de todas formas he oido de varios letrados que algun juzgado (de ejecutorias) se ha dado de no notificar la ejecutoria y directamente ejecutar, por eso estaros pendientes en el registro del decanato y pasaros de vez en cuando a preguntar si ha llegado ya la ejecutoria y estas cosas.
De momento a dia de hoy en el penal yo iria a por todas.