hola a todos
me han sancionado con un dia de empleo y sueldo y ya lo he cumplido pues la empresa me llamo y me dijo que tenia esa sancion me hizo firmarla y que no fuese al dia siguiente.
las faltas graves segun dice en mi convenio se castigaran de 2 a 20 dias de empleo y sueldo y a mi me han echado 1.
podria denunciarse eso?
saludos
por supuesto que no quiero mas sancion
pero como lo considero injusto quisiera saber
si podria denunciar porque el minimo dice el convenio quwe son dos dias
Si no esta usted de acuerdo con la sanción debería de haber impugnado la misma, no una vez cumplida intentar que se la quiten cuando lo que han hecho es sancionarle con menos días de los que marca el convenio, no obstante podría usted intentar impugnar esa sanción por defecto formal ya que al menos deberían de haberle sancionado con dos dias minimo haciendo caso al tipo de falta calificado como grave y que en su convenio dice que se castiga entre dos y veinte dias de sanción, pero yo que usted no haría nada ya que como mucho va usted a ganar que ese dia de sanción se lo tengan que abonar, pero si no impugno en un principio es porque reconoce usted la falta y entonces si ahora haciendo uso de una estrategía evita usted la sanción pueden luego tenere represalias contra usted, es mi opinión.
ante todo muchas gracias por contestarme jamgpreve.
la sancion no la recurri porque no me dieron tiempo.
yo salia del trabajo el jueves a las dos y a las dos menos cinco me dieron la sancion por escrito para firmarla y ponia que el viernes es decir mañana no viniese a trabajar de 6 a dos de la mañana.
es decir el 28 para el 29 del mes pasado.
saludos
Siendo así y aunque sigue sin decirnos si la sanción era merecida o no, no sabemos cual fue la causa que la origino, la empresa en su libre albedrio y por su potestad sancionadra puede calificar la falta como grave, pero en primer lugar si hubiese empezado por explicar el tipo de plazo que le dieron ya le podría haber comentado que usted desde el momento de la recepción de la notificación de la sanción tiene 20 días para recurrir la misma ante la autoridad laboral así que esta usted en plazo para recurrirla y si el juez le da a ustede la raxzón tendrán que abonarle el dia y quitar esa falta de su expediente.
Señor Torsi, es algo difícil darle respuesta a su consulta en tanto y en cuanto aporta muy poca información al respecto, como puede ser que convenio es, el contenido de lo que firmo o si usted se rige por el derecho administrativo o laboral. Yo le hablo desde del derecho administrativo que es el que conozco, y si es su caso, esa sanción no se ajusta en absoluto a derecho. En otro orden de cosas me gustaría dirigirme al señor jamgpreve para hacerle por un lado una corrección en cuanto a derecho se refiere y una apreciación personal. No es cierto lo que cita usted en cuanto a que "la empresa en su libre albedrio y por su potestad sancionadora puede calificar la falta como grave". Las empresas sea cual sea su régimen (publicas o privadas) no se rigen por su libre albedrio, pues no tienen el poder de elegir y tomar sus propias decisiones en cuanto a derecho laboral que es el tema que nos trae. En cuanto a su opinión personal, como usted muy bien dice al final, la cual respeto como no podía ser de otra manera, permítame que no esté de acuerdo con usted cuando dice: "pero si no impugno en un principio es porque reconoce usted la falta y entonces si ahora haciendo uso de una estrategia evita usted la sanción pueden luego tener represalias contra usted". Permítame decirle que no comparto con usted ese último consejo/advertencia de dejar las cosas como están por posibles "represalias". Este señor (Torsi) teniendo razón o no, impugnando o no, no tiene por qué tener miedo a esas supuestas represalias, porque si ese señor, usted y yo gozamos de unas garantías jurídicas es porque muchas personas en el pasado fueron represaliados por exigir estos derechos, terminando en la cárcel unos, torturados otros y asesinados el resto. Un cordial saludo a ambos.