A la liquidación se tiene siempre dcho, cosa distinta es lo que usted entienda por liquidación.
La liquidación se compone de nómina del ultimo mes trabajado, en éste caso durante el tiempo de suspensión de empleo y sueldo no se cobra nada.
Consta tb de la parte proporcional de pagas extra generada y no cobrada, salvo que ya las tenga prorrateadas y por último de los días de vacaciones generados y no disfrutados.
smo
Veamos si puedo ayudarte,
1. Durante la suspensión de empleo y sueldo la empresa no cotiza a la S.Social (causas baja en la empresa durante ese periodo).
2. La suspensión es un paréntesis en la relación laboral pero no una extinción, es decir, la relación se mantiene, por tanto, claro que puedes notificar el preaviso de una baja voluntaria.
3. Si como dices ya te habían notificado la sanción de suspensión de empleo y sueldo por falta grave esa falta no caduca,el cumplimiento de la sanción se producirá cuando te reincorpores a tu puesto tras el periodo de baja médica.
Aunque lo legal hubiera sido comunicarte por escrito que el cumplimiento de la sanción se posponía con motivo de tu baja médica y después comunicarte por escrito (una vez que te reincorpores) cuando debes cumplirla.
Un saludo
Suspensión empleo y sueldo, baja médica y preaviso baja voluntaria
Hola:
Tengo varias consultas, a ver si alguien puede ayudarme, por favor.
1-Suspensión empleo y sueldo y cotización a la Ssocial.
Durante una suspensión de empleo y sueldo ¿la empresa está obligada a cotizar por el empleado a la SSocial?. Durante este tiempo de suspensión, ¿puedo trabajar en otro sitio?
2-Suspensión empleo y sueldo y preaviso baja voluntaria.
Durante ese período de suspensión, ¿Puedo dar el preaviso de 15 días de baja voluntaria en la empresa?
3-Aplicación suspensión empleo y sueldo y baja médica.
Mi caso es el siguiente, se me notifica una sanción de suspensión de empleo y sueldo de 12 días(falta muy grave según mi convenvio) que no se puede aplicar porque empiezo una baja médica por 13 meses y estando de baja la ley no permite que se lleve a cabo la suspensíón.
Y la pregunta es, si cojo el alta después de estar 13 meses de baja, ¿pueden aplicarme esa suspensión de empleo y sueldo o ya caducó-prescribió(perdón, no conozco el significado exacto de los términos) esa sanción o falta? ¿Este tiempo de baja cuenta a la hora del cómputo del tiempo para la prescripción o caducidad de la sanción o de la falta?