En caso de que fuera el recurso de apelación el que cabe y se hubiera preparado apelación, según el art 561 de la LEC, ¿cabe después recurrir en reposición si me notifican que no cabía la apelación?
Sin conocer el motivo por el que se solicita la suspensión y presuponiendo que se basa en el artículo 531 de la LEC. Cabe recurso de REPOSICION y por ende no cabría recurso de apelación.
Supongo q en el propio auto q acuerda suspender la ejecucion se debia decir si cabe o no recurso contra el ¿no crees Novata???? Si no lo dice mejor preguntar en el propio Juzg por si acaso.