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Suspensión del plazo para interponer demanda en la vía contencioso-administrativa

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Suspensión del plazo para interponer demanda en la vía contencioso-administrativa
09/01/2009 12:19
Hace un mes solicité ante la jurisdicción contencioso-administrativa la suspensión del plazo de 20 días para formular demanda en procedimiento ordinario, porque era necesario que se completase el expediente administrativo.

Una vez que me remitieron el expediente completo, en la diligencia de ordenación, en lugar de indicar que se levantaba la suspensión y que debía interponer la demanda en el plazo que me restase, la diligencia me ha dado nuevamente 20 días.

La Administración demandada no ha formulado revisión y yo evidentemente tampoco.

Únicamente tengo la duda de que si presento la demanda el día 20 de este nuevo plazo ue me conceden, la administración demandada me alegue caducidad del recurso

Cómo lo veis?

Gracias de antemano por vuestra ayuda

Un saludo