Si media mes y medio, sí.
No lo aceptes. No firmes ningún finiquito, ni nada de nada...
Si la Empresa se cambia de local, ha de comunicártelo por escrito, indicándote la nueva dirección y la fecha del cambio.
Pero todo esto no afecta a contratos ni tampoco que deba suspenderte mes y medio.
Hola gracias a todos por vuestra dedicación y paso a relataros mis dudas:
Trabajo en una pyme al 50% de la jornada laboral,ya que pedi la guarda legal de mi hija. Ahora el jefe me ha pedido una suspension del contrato por 1 mes y medio ya que nos cambiamos de local, diciendo que el sueldo lo cobre del paro.
Yo creo que:
- Ese mes y medio no genero vida laboral.
- Ese mes y medio se descuenta de los dias de vacaciones ni paga extra.
- Ese mes y medio de paro también se me restara del total que tenga en un futuro, porque al paso que vamos....
¿ Estoy en lo cierto , hay alguna otra cosa que me dejo por el camino ....?