Si se puede demostrar que el contrato se firmó sin conocimiento exacto de qué firmaba, se podría instar su nulidad absoluta si estamos ante una ausencia de consentimiento o, en su caso, la anulabilidad en caso de concurrir vicio en el consentimiento por error (se pensaba qué estaba firmando otra cosa). Esto dicho muy a grandes rasgos.. así que se deberían analizar al detalle todos los elementos en el momento de la contratación pues cada caso es un mundo. La declaración de nulidad conlleva retrotraer la situación al momento de la firma como si nunca hubiera existido el contrato, debiendo las partes contratantes devolverse las prestaciones recibidas con intereses devengados.
Suspensión del contrato editorial por incapacidad mental
Hola buenas. Imaginarse en un primer caso, que un escritor firma un contrato de edición con una editorial sin estar bajo sus capacidades mentales donde le comenta a esa editorial desde el principio que tiene problemas de memoria pero aún firma. Pero aparte de problemas de memoria tiene otros trastornos del tipo por ejemplo depresión o anorexia o cualquier cosa. ¿Ese contrato se considera nulo por ser firmado por una persona que no estaba del todo bien? ¿Qué pasaría entonces? Y en segundo caso, imaginarse que esa incapacidad mental de pérdidas de memoria y depresión, etc, reaparecen después de un tiempo justo después de firmar impidiendo cumplir alguna cláusula del contrato. ¿ el contrato se anula o solo esa cláusula ? ¿O se realiza alguna medida en la que siga adelante sin prejuicio pero que libre al autor al menos de cumplir con esa cláusula por impedimento?