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Suspensión del 15.5

4 Comentarios
 
15/09/2011 17:11
Lo que queda claro es que si te quieres poner al día en temas laborales (y legales en general) no puedes hacerlo ni a través del telediario ni de los titulares de prensa generalista.

Y lo malo es eso, que muchos se quedan con el titular del ADN, etc.

En fin...
15/09/2011 17:05
a lo mejor esa es la idea... que los empresarios tramposos piquen el anzuelo y se sigan inventando, ahora más, contratos temporales donde no hay temporalidad, obras que no existen, etc.
No obstante ni el telediario ni lo dicho por un ministro tiene validez jurídica hay que acudir, en caso de duda, a la norma y leerla
15/09/2011 15:34
Ya, eso lo entiendo. Lo que quiero poner de manifiesto es que en la televisión lo pintan como si ahora el empresario pudiera hacer los contratos temporales que le de la gana y no es así. Se ha suspendido la conversión, pero no la presunción del caracter indefinido del contrato del 15.3 del estatuto. Es que hasta de boca de Valeriano Gómez suena como que ahora existe una libertad omnimoda para la contratación temporal y no es así. Por mucho que se suspenda la regla de la contratación laboral en cadena, si un empresario realiza un contrato de eventualidad, denuncia el contrato y después realiza un contrato de obra para las mismas funciones es un contrato en fraude.
15/09/2011 14:17
No se han olvidado, pueden encandenar todos los contratos temporales que precisen. Si están en fraude de ley, ya no son contratos temporales.
SALUDOS.
Suspensión del 15.5
15/09/2011 14:09
Tengo una pequeña duda. Oigo hablar en todos los medios de comunicación que con al suspensión del 15.5 del ET se pueden encadenar todos los contratos que al empresario le de la gana. Aquí la duda (bueno, dudas):
¿Todos se han olvidado del 15.3 (fraude de ley)?
¿No sigue siendo recurrir la contratación temporal para atender necesidades/puestos de trabajo permanentes en la empresa un fraude de ley?