1- Socio fraudulentamente vende inmueble con pacto de retroventa a cuatro meses.
2- Dos meses antes de vencido el plazo Juez emite resolución judicial declarando nulo dicho acto en favor de la sociedad.
3- Dos años más tarde el comprador logra se declare sin lugar dicha resolución judicial.
Pregunta: A la sociedad vendedora le 'nace' nuevamente el derecho o facultad de recobrar la cosa vendida reembolsando al comprador la cantidad estipulada en el contrato (no obstante ya para esta fecha a vencido el plazo para recobrar)?