esta es una consulta tanto para abogados especialistas en ejecutorias ocmo para gente que haya pasado por lo mismo. Estoy condenado por un delito de violencia de genero a un año de prisión (aunque no hubo violencia física, la condena es por acoso porque no pude probar que las comunicaciones eran recíprocas, pero bueno, ese no es el tema).
La cosa es que aunque esté condenado en ese sentido, en mi vida he agredido a nadie, de los hechos hace ya 4 años me vida es totalement normal excepto po rla orden de alejamiento que conleva la suspensión de la pena y porque ahora tengo que comenzar el programa d intervención, y ahi mi consulta y mi duda:
Mi trabajo es bastante imprevisible y sin horarios determinados y a veces me puede tocar viajar y estar fuera uno o dos meses, y desde luego no admite, cuando me toca viajar, volver un día, o para durante dos horas, ni condicionar horarios... el plan que me han pasado hoy de intervención son dos horas de terapia a la semana durante 10 meses... lo que para mi en la práctica supone 10 meses en los que lo voy a tener muy dificil para trabajar si un día a la semana tengo que atender a un curso... La funcionaria que me ha explicado los horarios me ha dicho que no se puede justificar la asencia por motivos laboreles... lo que me deja alucinado, no todo el mundo tenemos un trabajo de oficina con unos horrios fijos. ¿No hay forma que se atienda mi situación personal y hacer esto compatible con mi vida profesional? ¿qué puedo hacer?
La verdad qu he salido bastante hundido de esto porque 10 meses me pueden suponer quedarme fuera de mi carrera, perder el trabajo que vengo haciendo años... Y la funcionaria me decía que son sólo dos horas a la semana, pero claro, es que yo no puedo durante ciertos peridos ni esas dos horas.... Y por algo de ahce 4 años que se ha ido retrasando tanto... me parece una locura.
Igual es sólo el susto y la rigidez de la funcionaria y luego en el CIS son más comprensivos y felxibles.
En fin, si alguien me puede comentar su experiencia lo agradezco.