Estimados foreros:
Alguien ha tramitado una suspension de pagos de una familia con problemas economicos. Me gustaria saber que juzgado tiene la competencia mercantil o civil.
Gracias
Yo de ti le echaría un vistazo a los arts.1 y 8, entre otros aplicables de la ley 22/2003, de 9 de julio, concursal.
Por cierto q la suspensión de pagos para los particulares ha desaparecido de la legislación actual, al igual q la quiebra para los comerciantes. Ahora se han unificado en la institución del concurso de acreedores (en este sentido le puedes echar otro vistazo a su exposición de motivos).