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suspension de it, baja en la empresa.

3 Comentarios
 
Suspension de it, baja en la empresa.
14/11/2008 12:43
Mi pregunta es, Una vez la SS. te da de alta, tiene la empresa la obligación tras agotar el tiempo de 18 meses de IT, y estando de baja de empresa, de reincorporarte al dia siguiente de la fecha de la resolución, donde se denega la IP. 12/11/08
La empresa tiene un carta de baja por agotamiento de la IT, entonces representa que estoy cuatro dias sin cobrar. La empresa me da de alta el dia 16/11/08. ¿Estos dias puedo reclamarlos que me los pagen o no?

Gracias de antemano.
14/11/2008 20:16
Tras resolución de Denegación de Incapacidad Permanente (que es un alta del proceso de IT), tendrías que incorporarte a tu puesto de trabajo y la empresa te abonaria a continuación de esa fecha.
El pago de la IT es hasta la resolución (día 12/11/08) y si te incorporas el 16/11/08 está claro que esos cuatro dias no te los pagaría nadia. Saludos.
14/11/2008 20:24
Dada tu respuesta Dragocan, me ha facilitado mucho mi información, muchas gracias.
Mis mas sinceras gracias, se agradece de todo corazon.

Mil besos.
15/11/2008 12:14
Entonces se podrían reclamar esos días a la seguridad social??

A mi me ha tardado en llegar la carta casi 20 días, y obviamente, la empresa no quiere pagarlos porque no he trabajado.


Como ya dijo Dragoncan en otro hilo, este tema es injusto, porque el trabajador no sabe cuando tiene que reincorporarse si no recibe información de ello.

Tendría alguna posibilidad (aunque sea de estas milagrosas o inesperadas que los jueces sentencian en algunas ocasiones) reclamar esos días perdidos de sueldo a la empresa alegando que ellos deberían ser los que nos avisaran para ir al trabajo?


Saludos.