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SUSPENSIóN DE GARANTíAS ART. 15 LCS, ACTúA COMO TERCERO?

1 Comentarios
 
14/10/2013 12:07
lo subo
Suspensión de garantías art. 15 lcs, actúa como tercero?
10/10/2013 13:43
Hola compañeros:

El asunto trata de un incendio (origen desconocido) que se produce en el interior del 1ºA de un edificio produciendo daños en este y en el piso superios 2ºA. La aseguradora del 1º A paga los daños de ambos pisos y reclama a la aseguradora de la Comunidad de propietarios (que represento) 10.000€ que por concurrencia corresponderian a mi mandante por daños en continente y por otro lado 3000€ que suponen el 50% de daños en el 2º A por concurrir segun se dice en demanda en el 50% de la Rc, aunque en la audiencia previa sorprendentemente se rectifico y se dijo que este ultimo importe se reclamaba no por RC sino por la cobertura de incendio que tiene suscrita la CP.

El caso es que esta poliza suscrita entre mi representada y la comunidad de propietarios se encontraba en suspension de garantias desde hacia 3 meses cuando se produjo el incendio, esta suspension se que en principio no se puede oponer frente a terceros, pero.. en este caso concreto podria alegar que la actora no actua como tercero sino subrogandose en derechos y obligaciones de su representado en su condicion de comunero de la CP pues de lo contrario no estaria legitimado para ejercitar la accion contractual fundamentada en la poliza suscrita exclusivamente entre mi representada y la comunidad de propietarios?, conoceis sentencias al respecto?

En cuanto al cambio de criterio que hizo el compañero en la audiencia previa la verdad es que no le veo mucho sentido por que de alguna manera reconocio su responsabilidad exclusiva en el incendio, de hecho el juez no admitio mi prueba pericial para demostrar q la rc era de la actora pues dijo que la RC no se discutia, por tanto si esta reconocida no tiene sentido que se nos condene para que luego tengamos que epetir contra el causante que es el propio actor como ha reconocido en la audiencia previa. A pesar de todo el juez insinuo en la a. previa que debia llegar a un acuerdo xq si el incendio estaba cubierto y la suspension de garantias no era oponible.... pero bueno espero poder hacer que cambie de criterio, si podeis darme algun consejo, gracias.