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suspensión de empleo y sueldo

1 Comentarios
 
Suspensión de empleo y sueldo
09/07/2011 17:30
Hemos suspendido durante tres dias por empleo y sueldo a un trabajador aplicando el regimen sancionador del convenio colectivo de aplicación. Para ello, debo añadir que es la primera vez que lo hacemos en la empresa, me informé llamando a sistema red y me informaron que debía darlo de baja con el codigo 74 (suspensión por causas disciplinarias) y pasados los tres dias volver a darle el alta. La cosa se complica cuando, para más inri, resulta que el último día de la suspensión del contrato coincide con la fecha fin del mismo. No puedo darlo de baja con un 54 pq está suspendido su contrato y si realizo el movimiento de alta y baja, sólo estaría suspendido dos días en lugar de tres como se ha sancionado.
Ante la duda vuelvo a llamar al 901 50 20 50 y me informan que nunca se les ha planteado esa cuestión. Me aconsejan que realice un escrito ylo lleve a la Administración más cercana y allí me harán coincidir la baja por contrato con la fecha fin de la suspensión. Cuando lo hago, me comenta la funcionaria que me atiende que lo tengo mal informado .Según me dice, debería darlo de baja, efectivamente con un 74 yjusto al día siguiente (primer dia de la suspensión) darle de alta pq, en suspensión de empleo y sueldo el interesado debe estar en alta y la empresa cotizar por él.
He estado consultando la legislación y hay varias sentencias unas a favor de lo que dice la funcionaria y otras que respaldan mi decisión de tener de baja y sin cotizar los días que esté suspendido. Podéis ayudarme al respecto y tenga la razón quien la tenga, como debo tramitarlo.....pq si como bien dice la funcionaria doy al trabajador de alta el primer dia de suspensión, tendrá que ser con otro código o algo no? pq de no ser así cotizará, devengará y todo como si de una relación normal se tratara´.

Espero respuesta y ayuda. Gracias.
10/07/2011 12:34
Yo no soy experta pero te puedo decir que yo estuve una vez suspendida 3 dias de empleo y sueldo y según la nómina no coticé esos días a la seguridad social y tampoco devengué paga extra.