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Suspension de empleo y sueldo

7 Comentarios
 
Suspension de empleo y sueldo
04/04/2015 13:33
Hola, tengo una duda, tengo entendido que no se pueden imponer sanciones penales y administrativas por la misma causa...por ejemplo, si siendo funcionario te sancionan penalmente por una alcoholemia (en tu vida privada)...te puede tu ayuntamiento suspendes de empleo y sueldo?.. un saludo y gracias de antemano.
04/04/2015 18:29
Bueno, bueno, esa apreciación suya no es muy acertada que digamos.
No se puede sancionar dos veces por una misma causa pero por ej. en el caso de alcoholemia al que hace referencia cabe la sanción penal (si se superan ciertos límites), así como la económica y a su vez la de retirada de los puntos de carnet pertinentes y a la tasa de alcoholemia, por tanto le están sancionando 3 veces por una misma causa.
Luego dice que su empresa tb le sanciona, esto ya es mas raro, ¿Que es que estaba usted trabajando cuando dio positivo e iba conduciendo? Si es así no le estarían sancionando por el delito cometido sino por una falta disciplinaria que seria independiente de la juzgada en el ámbito penal.
SMO
04/04/2015 23:24
Por una alcoholemia fuera del trabajo no le puede sancionar la empresa (o administracion en este caso).

Otra cosa es que, si por ejemplo es usted conductor y pierde el carnet, la empresa le suspendiera temporalmente ya que no podría usted trabajar.

Igualmente, en caso de ir a la cárcel con sentencia firme, le despedirían (por faltas de asistencia al trabajo), mientras que si es prisión preventiva el contrato de trabajo se suspende temporalmente.
05/04/2015 02:27
La alcoholemia no fue en el trabajo, fue estando de vacaciones, no necesito el permiso de conducir para trabajar, en definitiva que me metieron 6 meses de suspension de empleo y sueldo,,,,
05/04/2015 05:10
Vamos a ver si la alcoholemia fue estando usted de vacaciones y no necesita el carnet para el desempeño de su trabajo en base a qué fue la sanción? y por otra parte 6 mese mucha sanción me parece eso. Impugne inmediatamente esa sanción, ya ha empezado a cumplirla? Desde el inicio del cumplimiento de la misma tiene 20dias hábiles para recurrir e impugnar esa sanción.
No entiendo que alega la empresa por dar positivo en un control de alcoholemia en su tiempo libre.
SMO
05/04/2015 12:39
Pues alegará menoscabo de la imagen pública de la empresa....
Y podría colar.
05/04/2015 12:49
ya la cumpli el año pasado, queria saber vuestra opinion....muchas gracias....
05/04/2015 13:16


¿Es Vd. Policía Municipal?, porque en ese caso la sanción sería correcta.