Hola, necesito ayuda, creo que me estan tomando el pelo.
Hace un mes me suspendieron de empleo y sueldo, 5 dias concretos (jueves 7, viernes 8, lunes 11, martes 12 y miercoles 13 de Noviembre). Yo firme la sancion que indicaba estos dias.
Ahora he visto mi nomina de Noviembre, y me han contado solo 23 dias, es decir, suspension de 7 dias. Si me dijeron 5, y ahora "se cobran" 7, es lo correcto?
Muchas gracias,
alguien que esta harta de su trabajo... pero aguanta.
Buenas tardes,
mi empresa me reduce la jornada al 60% y hoy dia 26 de noviembre he comenzado a acudir en ese horario sin aceptar nada (no estoy conforme con las nuevas condiciones de trabajo planteadas por la empresa y a través d mi abogado solicité la resolución de rescisión de contrato todo dentro del plazo que tengo para impugnar pero hasta que todo se tramite y se llegue a un acuerdo con la empresa, me gustaría saber qué hacer..¿ si no solicito en el INEM la prestación para cobrar la diferencia del sueldo que no cobraré por la reducción después, estando en paro, me quedaría la mensual cantidad de 300 en lugar de 1000 que ganada antes de esta reduccion?. Me gustaria saber la respuesta de esto tanto si se tratara de una reducción de jornada por el artículo 41.3 como por el articulo 47. Saludos!
Hola,
mi nomina es mensual.
En mi nomina del mes de noviembre dice: 23 dias, para el periodo del 1 de noviembre al 30 de noviembre.
Pense que quizas al no trabajar 5 dias, no me tocava tampoco cobrar el fin de semana correspondiente. Es asi?
Muchas gracias,
Ester
Buenas Estter!
Aplicando la lógica, pienso que al igual que cuando nos remuneran además de abonar el tiempo de trabajo nos están abonando también el tiempo de descanso, a la inversa sucedería lo mismo, si me sancionan con suspensión de empleo y sueldo, los días designados no irás a trabajar no se te abonarán y por lo tanto tampoco habrás generado tiempo de descanso y no se te abonarán.
Es mi deducción, pero tampoco sé si es al 100% correcta. A ver si alguien más, que esté más ducho en el tema, te puede decir algo.
Siento no poder ser de más ayuda.
Estter, si en la comunicación escrita sólo te sancionaban con la suspensión de empleo y sueldo de 5 días concretos, sólo pueden no abonarte el sueldo de esos 5 días. No es ampliable al fin de semana, en ningún caso va implícito en la sanción. Un saludo.