he visto que el consejo de la abogacia nos ha facilitado un escrito para solicitar la suspensión del procedimiento de ejecución hipotecaria, hasta que se resuelva algo sobre el tema, ya que el gobierno ha aprobado el real decreto que ahora pasará al parlamento, pero mi duda es: la solicitud de suspensión se puede pedir cuando ya se ha celebrado la subasta y ha salido el decreto de adjudicación y el banco lo va a inscribir a su nombre?, es para antes de la subasta? es para cuando meten el procedimiento de desahucio si puesto a su nombre los ocupantes no se van voluntariamente? el real decreto no lo aclara, alguien sabe cómo se hace?
Estoy en el mismo caso que tu, el banco se ha adjudicado La vivienda en subasta, estamos en ese tramite, yo creo que voy a solicitar nulidad, hasta ver como se resuelve el tema, yo solicite la dacion en pago en la contestación a la demanda y se desestimo, pero tal vez, ahora tengamos posibilidad de que sea así.
Hola Katia,
Hablando con otros compañeros, veo que estamos todos en la misma situación, y hay juzgados que ya han suspendido los lanzamientos, la mayoría me dicen que van a pedir la suspensión y que sea Su Señoria quien nos diga. Creo que voy a hacer lo mismo, no perdemos nada.
Buena suerte.