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suspension de contrato itp

1 Comentarios
 
13/02/2012 20:42
No se te entiende mucho, pero aunque tengas el contrato suspendido por estar en IPT, si la deuda no ha prescrito y te finiquitaron mal, puedes reclamar la cantidad indebida.
Para cobrar el "paro" si cumples los requisitos debes renunciar, durante el tiempo de prestación, a la pension pues cobrar ambas cosas simultanemamente es incompatibles.

Si no estás conforme con el sindicato te das de baja o cambias a otro.

PD: las dudas preguntales por separado, no escribas donde mejor te venga...
Suspension de contrato itp
13/02/2012 18:49
parece ser que al tener suspension de contrato por itp no tengo derecho a reclamar antuguas vacaciones no disfrutadas no cobradas ni nada de eso noi tampoco el paro ya que cobro una pension y porke me dicen en ccoo que si. me estan toreando y les pago cada tres meses llega un momento que no se que hacer