Gracias por vuestra ayuda. Mi duda surge a raiz de unos post que había leido en el foro , en ellos creí entender que en el momento de la declaración de la insolvencia tendría que cumplir con pena de prisión, es por ello por lo que me plantee el solicitar la suspensión al no tener mi cliente antecedentes penales. Un saludo
Si tienes auto de insolvencia, no cabe respnsabilidad personal por impago de multa, porque el pago es imposible. ya le requerirám cuando venga a mejor fortuna.
así que quizá lo mejor es que pidas el archivo hasta que venga a mejor fortuna.
La puedes solicitar en cualquier momento una vez que la sentecia sea firme, y solicitar que se sustituya por trabajos en beneficio de la comunidad, Art. 53 del C.Penal
Algún compañero que pueda ayudarme con el tema que expongo. Condenaron a un cliente a la pena de multa por abandono de familia, ahora he recibido la declaración de insolvencia del juzgado, supongo que tendrá que cumplir la responsabilidad subsidiaria con prisión, no tiene antecedentes por lo que estoy pensando en solicitar la suspensión de la condena. Mi pregunta es ¿En que momento la solicito?. Gracias por vuestra ayuda. E s urgente