De lo expresado por la Ley y a pesar de que no diga nada al respecto, entiendo que si debes entregar las llaves , puesto que la vivienda es inhabitable durante las obras y por ello se entiende que no vas a habitarla y en consecuencia no vas a necesitar las llaves hasta tanto las obras no finalicen.
1 saludo.
Estoy alqulada en un piso desde hace 4 años, se tienen que realizar unas obras en la terraza del piso (atico) que son defecto de construccion y que producen goteras a los vecinos de abajo. Durante el tiempo que duren las obras se va a hacer una suspension del contrato (según dice la LAU), durante la suspension del contrato tengo obligación de entregar las llaves al arrendador o puedo negarme a la entrega. Gracias.