En mi opinión, con los datos que se aportan en este supuesto, creo que puede acudir a cualquiera de los dos órdenes jurisdiccionales. No obstante, pudiera percibir mayor indemnización en uno que en otro. Así mismo, las dos vías no tramitan con la misma celeridad. Quiero decir que dependiendo de las circunstancias pudiera interesarle un camino u otro. Sin perjuicio de que la vía civil quede siempre abierta, en cuyo caso convendría acudir primero al contencioso y después al civil.
La Consejeria de Fomento y Medio Ambiente de la CC.AA de Castilla y León, en unas relaciones de Derecho privado con un industrial del municipio de XXX, le causa daños y perjuicios en bienes de su propiedad, por lo que el interesado decide, debidamente asesorado por su abogado, acudir a la jurisdiccion contencioso-administrativa, para solicitar la correspondiente indemnización. Sin embargo, comentando el industrial el asunto a un amigo licenciado en Derecho, le dice que, como los daños han sido causados como consecuencia de unas relaciones sometidas a Derecho privado, donde debe acudir es a la jurisdiccion civil ordinaria. Con arreglo a la normativa vigente, ¿quien lleva razon, el abogado del industrial o el amigo de éste?.
Os pongo un supuesto práctico a ver si me podéis ayudar, ya que no tengo mucha idea de derecho.
Un cordial saludo, y muchas gracias de antemano.
La Consejeria de Fomento y Medio Ambiente de la CC.AA de Castilla y León, en unas relaciones de Derecho privado con un industrial del municipio de XXX, le causa daños y perjuicios en bienes de su propiedad, por lo que el interesado decide, debidamente asesorado por su abogado, acudir a la jurisdiccion contencioso-administrativa, para solicitar la correspondiente indemnización. Sin embargo, comentando el industrial el asunto a un amigo licenciado en Derecho, le dice que, como los daños han sido causados como consecuencia de unas relaciones sometidas a Derecho privado, donde debe acudir es a la jurisdiccion civil ordinaria. Con arreglo a la normativa vigente, ¿quien lleva razon, el abogado del industrial o el amigo de éste?.