Pongamos que A y B realizan un negocio por el que A vende un coche a B por 1000 €. A recibe el coche al momento acordando que B pague a los 6 meses.
Más tarde A cede a C su crédito, sin conocerlo B, como pago por una compraventa hecha.
Posteriormente A, sin conocimiento de B y C, vuelve a ceder a D el crédito como pago por una deuda antigua.
Quién es el real cesionario?? C ó D??
Tiene A alguna responsabilidad si B incumple al llegar el vencimiento ??