Tengo entendido que para denunciar un supuesto abuso económico posiblemente delictivo por parte del presidente de la comunidad y su negativa a dar a conocer los datos comunitarios (ingresos, gastos, actas, etc) he de contratar los servicios de un abogado y de un procurador. Es decir, que tengo que empezar por realizar un desembolso de dinero cuando quien presuntamente está obrando mal es la persona que pretendo denunciar y soy yo la perjudicada de tales abusos.
Desconozco las razones por las que las denunciantes hemos de comenzar con tales gastos y, en cambio, los presuntos abusadores, presuntos delincuentes, presuntos etcs, tan solo han de esperar a que se les llame para defenderse.
¿Hay algún sistema para que las personas afectadas podamos poner en manos de la Justicia los casos de presuntos hechos delictivos sin que suponga un gasto económico?
Gracias anticipadas por las aclaraciones.
Si el tema es economico y delictivo (delito penal), se puede solicitar por escrito dirigido al fiscal (sin abogado), para que actue de oficio.
Pero si solo es aplicable el derecho civil, tendra que nombrar abogado y procurador.
La diferencia entre un concepto u otro, podria estar en el destino del dinero mal invertido.
Solo si se sospecha de posible apropiacion de dinero de la Comunidad, para beneficio propio, podria intentarse la primera opcion.