Una pared no es medianera cuando (todos son articulos del codigo civil): art. 573 Codigo civil : Cuando resulte construida toda la pared sobre el terreno de una de las fincas, y no por mitad entre una y otra de las dos contigiuas.
Artículo 348
La propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes.
El propietario tiene acción contra el tenedor y el poseedor de la cosa para reivindicarla.
Artículo 349
Nadie podrá ser privado de su propiedad sino por Autoridad competente y por causa justificada de utilidad pública, previa siempre la correspondiente indemnización.
Si no precediere este requisito, los Jueces ampararán y, en su caso, reintegrarán en la posesión al expropiado.
Artículo 350
El propietario de un terreno es dueño de su superficie y de lo que está debajo de ella, y puede hacer en él las obras, plantaciones y excavaciones que le convengan, salvas las servidumbres, y con sujeción a lo dispuesto en las leyes sobre Minas y Aguas y en los reglamentos de policía.
muchas gracias por la rápida respuesta. Podria indicarme donde encontrar los artículos vigentes para el caso (legislación), para poder mostrárselo al vecino
muchas gracias por la rápida respuesta. Podria indicarme donde encontrar los artículos vigentes para el caso (legislación), para poder mostrárselo al vecino
El muro de contención que hay entre usted y el vecino a cota mas baja, le pertenece a usted, ya que los muros de contención pertenecen a la propiedad a cota superior. En consecuencia, si su vallado está sobre ese muro, es totalmente suyo y puede hacer con él lo que le venga en gana.
Del relato cuesta un poco imaginar la forma de la valla, pero bueno, a mi entender al ser la propiedad de su vecino mas baja la valla es suya totalmente. Su vecino lo que puede hacer es construir otra pared o instalar otra valla a continuación de la de usted de forma paralela, por lo que usted puede poner lo que quiera.
En la finca en la que vivo tengo paredes por los 3 lados de la casa, excepto por uno de ellos que al ser la propiedad del vecino las alta, el solo tenia puesta una valla metálica y no hice pared, ya que a esa parte de la casa no tengo ni ventanas ni apenas patio, por lo que el vecino tiene puesta malla de ocultación (cosa que dicho sea de paso le impide ver mi patio y a mi el suyo que para nada me interesa ver) y si considerase que se ve y quiere poner malla de ocultación del otro lado sin entrar en mi jardin o entrando pero con permiso seria igual. Dicho de otro modo, es como si usted hace una pared de ladrillo y la da de cemento por ambas caras, al final es su pared, si quiere que haga otra paralela a la suya, del mismo modo le podría recriminar usted que la enredadera crezca por su valla metálica.
Desde hace 11 años vivo en una casa de nueva construcción que linda con 3 vecinos. Dos de ellos sitos en la derecha e izquierda están en la misma altura. El tercero esta situado en la parte de abajo a una altura inferior de aproximadamente 10 metros, por lo que en mi terreno existe una valla metalica "de separación" con su propiedad. Digo " de separación con comillas, pues lo que delimita realmente es el vacio, pues en caso de no existir esta caeríamos al vacio hasta caer en la propiedad del mencionado vecino. En la actualidad y con el doble objeto de no ser vistos y de impedir que las enredaderas del vecino accedan a mi propiedad trepando por el muro inferior, he colocado una malla de ocultación por los dos lados de la valla. Ahora me encuentro con el hecho del que vecino quiere que quite la malla de ocultación que esta por el lado externo , alegando que esa parte de valla es suya. Puede obligarme a quitarla? La valla esta situada al final del muro del vecino de abajo, pero aproximadamente unos 50 centímetros en mi propiedad haciendo una forma de "cuatro" (muro angulo de 90 grados, 50 cms y valla) gracias