hola soy juan y mi caso es el siguiente.He recibido un requerimiento para un monitorio de intrum justicia, me puse en contacto telefonicamente con ellos y les pregunte de que es esa deuda que me reclaman de 3500 euros sin antes haber recibido ninguna carta suya, y me dicen que es una deuda con el banco de santander del año 1991 pero no saben muy bien de que es,(un credit,cuenta de riesgo,poliza)
yo les he dicho que no se de donde provine dicha deuda y me dicen que si pago 1000 euros la deuda queda saldada pero solo por telefono .tengo que presentar un escrito antes de 20 dias en el juzgado.
nunca en este tiempo me han reclamado nada,ni estoy en el rai ni soy moroso y he tenido y tengo creditos con varias entidades bancarias, incluso he tenido cunta en el santander en una sucursal en madrid sin ninguna reclamacion en este tiempo.
mi pregunta es si despues de 18 años me pueden reclamar esa supuesta deuda y que escrito debo de poner en el juzgado,
esperando vuestra ayuda.
GRACIAS JUAN.
En el foro de D.Mercantil hay un hilo del 9/7/09 contra intrum justicia.Mafias del recobro. Lo que Vd. dice está más prescrito que el suicido de Hitler, por decir algo...
LO peor es que le hacen tomar abogado para declarar la prescripción, pero un buen abogado además de sacarles las costas, les podría rabanar por difamación o algo parecido....
Yo desde luego no pagaría un duro a los de intrum si como dices no te consta tener la deuda que reclaman. En la comunicación que te ha enviado el juzgado ¿no te han dado traslado de la demanda? porque con la demanda debieron presentar los documentos que acreditan el origen de la deuda.
hola x-aaa segun la demanda tienen un principio de prueba yo he ido al juzgado y me dicen que presente un escrito diciendo que no reconozco la deud, pero queria saber si en el escrito que tengo que presentar puedo alegar qu ya han pasado 18 años, o que puedo poner en el escrito.gracias
La deuda ¿existe o no?, si no existe, expóngalo así, como le han indicado y subsidiariamente aluda a la prescripción, si la deuda sí existe, manifieste directamente la prescripción, salvo que se trate de una acción hipotecaria que prescribe a los 20 años, todas las demás -dependiendo de donde procedan- las que tienen tiempo de prescripción más largo, son las personales y es a los 15 años.
Puede citar los artículos del Código Civil en que basa la prescripción, desde el 1.966 en adelante.
vigosa, el escrito para oponerte a la reclamación tiene que firmarlo abogado y procurador por lo que te conviene contactar con un abogado para que te redacte el escrito.