Según el art. 23.a, son infracciones graves : constituyen infracciones graves:
a. La fabricación, reparación, almacenamiento, comercio, adquisición o enajenación, tenencia o utilización de armas prohibidas o explosivos no catalogados; de armas reglamentarias o explosivos catalogados careciendo de la documentación o autorización requeridos o excediéndose de los límites permitidos, cuando tales conductas no sean constitutivas de infracción penal.,
Y te lo ponen en relación con el 4.1 h, que dice:
1. Se prohíbe la fabricación, importación, circulación, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las siguientes armas o de sus imitaciones: h)Las defensas de alambre o plomo; los rompecabezas; las llaves de pugilato, con o sin púas; los tiragomas y cerbatanas perfeccionados; los munchacos y xiriquetes, así como cualesquiera otros instrumentos especialmente peligrosos para la integridad física de las personas.
Teniendo en cuenta todo lo anterior, que supongo ya lo habrás leido, tendras que recurrir dicha sanción mediante escrito al organo competente señalando que el objeto de referencia (la replica kunai ninja), no es un arma o no debe catalogarse como arma por los motivos que consideres adecuados. Deberas describir el objeto, dónde lo adquiriste, si es un souvenir, la peligrosidad que puede apreciarse, etc etc y pedir prueba. Una pericial.
saludos
Veran, me denunciaron por catalogar de arma blanca un utensilio que usaba en las llaves que unicamente lo llevaba para que las llaves no se perdieran se trata de una repicla pequeña de un kunai ninja, es ademas un recuerdo. El problema es que en un registro dijeron que era arma blanca y selo llevaron y hace unos dias recibi una notificacion , acuerdo de iniciacion en la que pone que debo pagr 301 euros en el caso de aceptar y tngo 15 dias para alegar demostrar pruebas y defenderme, que debo hacer? La replica es pequeña de metal y no tiene aristas ni hojas solo una punta redondeada
La notificacion explica que es una infraccion administrativa tipificada en el articulo 23.a sobre proteccion De la seguridad ciudadana, en relacion con el articulo 4.1.h del real decreto por el que se aprueba el reglamento de armas