No me queda claro lo de Sabadell, se puede o no... que es eso de 20 días hábiles de información publica?
Bufff ya no se ni que hacer, entre el problema con las notarias que me han retrasado todo y ahora esto...
PD Bebesita: te escribí para que me dijeras a que notaria habías acudido?
Para Condedecartagerna, por favor si ud es abogado y tiene algun buffet o trabaja para alguno me gustaria me proporcionara informacion del mismo, para acudir personalmente, porque de verdad que ya no que hacer :( :(
Estoy buscando informaciones sobre lo que dices del cierre en Badalona, pero no encuntro nada.. Y si, ayudaria tener una lista de municipios que aun tengan registro, aunque todo puede cambiar de un dia al otro..Quizas alguien nos pueda dar esa informacion o por lo menos un enlace donde ir a ver si salen noticias de cierres y eso..Yo estoy intentando planear mi vida pero a cada rato tengo que cambiar todo segun las noticias que salen...y para mi novio peor porque el sigue en su pais y va a dejar todo para intentar estar conmigo en España, e igual pasa lo que te paso a ti, que cuando ya tenias todo listo ya no se podia..
Me dicen que el de badalona ha cerrado. Alguien que tenga una informacion verdadera me puede decir si es cierto? No confio en la fuente que me lo dijo.
Hola de nuevo bebesita. Pues si, la verdad, esta dificil. Ya tanto que ya no nos importa donde, solo nos importa conseguir estar juntos y tener una vida normal de pareja...Y me lo pensaria si tuviera otra opcion, pero no la tengo, en mi pais esta super dificil para el poder entrar, ademas, como es de paises iberoamericanos nos conviene ir a España por la posibilidad de pedir nacionalidad despues de 2 años de residencia legal.
Lamento la noticia de Sabadell, solo espero que para cuando me vaya no hayan suprimido todos los registros ya..Tengo bastante miedo...
Bueno el ayuntamiento de Badalona requiere estar empadronados los dos ahi. Si quieres intentarlo en ese ayuntamiento, dejame saber como te va, te lo agradeceria mucho. Saludos y mucha suerte.
Hola Floriana. Gracias por la informacion y buenos deseos pero como ver de la respuesta del condedecartagena la suerte no es tal. Es muy dificil, como ves, ser honesto y estar en regla en este pais yo que tu me lo pienso. Jajajaja. Si llego a tener suerte y logramos finalmente ser felices les hare saber para que no pasen tanto trabajo como nosotras. Por cierto, que pide el ayuntamiento de badalona?
Hola. Si se ha casado con su cónyuge en el extranjero y él ha solicitado la inscripción del matrimonio en el Registro Civil estando él ya en España, la competencia corresponde al Registro Civil Central, en Madrid. En este caso, el Registro Civil municipal (el de Barcelona), se limita a recibir los documentos, instruir el expediente y remitirlo a Madrid, al Registro Civil Central, ya que se trata de un acto celebrado en el extranjero que afecta a un español. Una vez que el Registro Civil Central practique la inscripción, remitirá copia certificada al Registro Civil del Consulado de España en el país donde se celebró el matrimonio, para que también se inscriba en él.
En términos de tiempo, estamos ante un procedimiento que puede tardar unos dos años.
hola , soy dominicana casada con un español(catalan) , hace dos meses el solicito la inscripcion delmatrimonio en el registro civil de barcelona , mi pregunta es , cuanto tiempo tarda en dar alguna respuesta ya sea que lo inscriban o no?
El Excelentísimo Ayuntamiento de Sabadell también ha iniciado el procedimiento de supresión del Registre d'Unions Civils, mediante Decreto del Alcalde de fecha 29 de noviembre de 2011, según consta en Edicto de fecha 1 de diciembre de 2011, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya de fecha 14 de diciembre de 2011. El mencionado Registro había sido creado a comienzos del año 2011.
Con todo, actualmente se halla corriendo el plazo de 20 días hábiles para el trámite de información pública, durante el cual cualquier persona puede comparecer y presentar las alegaciones que estime oportunas dentro del expediente. Vencido el plazo del trámite de información pública, recibidas y evaluadas las alegaciones que se presentaren, el Ayuntamiento expedirá la Resolución de eliminación.
De momento, se ha determinado que no se admitan a trámite solicitudes inscripciones de parejas de hecho presentadas a partir del día siguiente del mencionado Decreto, es decir, a partir del 1 de diciembre de 2011, advirtiendo a los interesados que el Código Civil de Cataluña permite formalizarse como pareja de hecho mediante el otorgamiento de escritura pública.
Por ello, a la fecha, el Excelentísimo Ayuntamiento de Sabadell, solo tramita bajas del Registro.
El texto del EDICTO puede consultarse en la siguiente ruta del Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya:
http://www.gencat.cat/diari/6024/11339080.htm
El texto, en lengua catalana, es el siguiente:
EDICTE
de l'Ajuntament de Sabadell, sobre incoació d'un expedient administratiu.
En data 29 de novembre de 2011, l'alcalde president ha dictat el decret 10229/2011, que diu:
PRIMER. Incoar expedient administratiu per a la supressió del Registre municipal d'unions civils de l'Ajuntament de Sabadell i per a deixar sense efectes les normes reguladores municipals de l'esmentat Registre.
SEGON. Obrir, previ a la resolució de l'expedient, tràmit d'informació pública per un termini de vint dies, de conformitat amb allò establert en l'article 86 de la Llei 30/1992 de 26 de novembre, de Regim Jurídic de les Administracions Públiques i del Procediment administratiu Comú, i la article 52 de la Llei 26/2010 de 3 d'agost, de Règim Jurídic i Procediment de les Administratiu Públiques catalanes.
TERCER. Sotmetre l'expedient a aprovació del Ple de l'Ajuntament, un cop hagi transcorregut el termini d'informació pública.
QUART.- Procedir a la suspensió d'admissió a tràmit de noves sol·licituds de registre a partir de la data següent del present decret, informant als ciutadans que es considerin afectats que d'acord amb la llei 25/2010, de 29 de juliol, del llibre segon del Codi civil de Catalunya, la parella estable es pot constituir mitjançant la seva formalització en escriptura pública. Així mateix, mitjançant acta de notorietat es pot demostrar la convivència ininterrompuda durant dos anys o durant un període inferior si una vegada iniciada la convivència els convivents han tingut un fill en comú.
S'obre el tràmit d'informació pública per un termini de vint dies, tal com consta a la resolució, a comptar des de el dia següent a la present publicació, podent-se efectuar l'examen de la documentació a la Secretaria General de l'Ajuntament de Sabadell.
Hola bebesita, he leido tu otra intervención, te cuento que me encuentro en la misma situación que tu, soy comunitaria y mi pareja no, aún no vivo en España pero pienso ir a vivir a Badalona por eso del cierre del registro en Barcelona. Si me das algún contacto podemos intercambiar informaciones y ayudas, y tenernos al tanto de la situación. Por cierto, has intentado buscar las informaciones que necesitas en el sitio del Ayuntamiento de Sabadell? Busca en la sección de tramites que realizan. Saludos y mucha suerte.
Hola. Para hacerse pareja de hecho en sabadel se necesita estar empadronado alli? Sirve el documento notariado en barcelona? Soy la misma que acaba de exponer su problema en la seccion de pareja de hecho
Hola. Tal como se indicaba en el ANUNCIO publicado el pasado 3 de noviembre de 2011 en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona, la Comisión de Gobierno del Excelentísimo Ayuntamiento de Barcelona ha resuelto la supresión del Registro de Uniones Civiles, mediante Resolución aprobada el pasado 21 de diciembre de 2011, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona el 22 de diciembre de 2011, con efectos a partir del día siguiente de la publicación, es decir, a partir del día 23 de diciembre de 2011.
Con todo, cabe decir que todavía no todo está perdido. Pueden interponerse los recursos procedentes, bien en vía administrativa (recurso potestativo de reposición) o bien ya directamente en vía judicial, recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Barcelona.
Pero, de momento, a partir del 23 de diciembre de 2011, no se tramitarán inscripciones, ya que el Registro ha quedado suprimido a partir de esa fecha.
Debe tenerse en cuenta también el régimen transitorio:
A) Se seguirán tramitando todas las solicitudes presentadas antes del 23 de diciembre de 2011.
B) Se seguirán expidiendo certificaciones de las inscripciones ya practicadas en el Registro durante su existencia, que seguirán produciendo los efectos jurídicos que han venido produciendo hasta la fecha.
C) Se tramitarán las solicitudes de cancelación de inscripción (bajas).
A continuación, se pasa la ruta hacia el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona y se copia el texto de la resolución, por ser breve. Está en lengua catalana.
ADMINISTRACIÓ LOCAL
Ajuntament de Barcelona
ANUNCI
La Comissió de Govern, es sessió de 21 de desembre de 2011 ha acordat:
“DESESTIMAR les al·legacions presentades en el tràmit d’informació pública, segons informes obrant en l’expedient.
SUPRIMIR el Registre Municipal d’Unions Civils de l’Ajuntament de Barcelona, i en conseqüència deixar sense efecte
les seves normes reguladores, així com la instrucció de l’Alcalde d’1 de juny de 1994 sobre el desenvolupament
normatiu del Registre Municipal d’Unions Civils, tot això motivat en l’informe de la Direcció d’Administració General de
17 d’octubre de 2011 i en l’informe de la Direcció de Serveis Jurídics de 31 d’octubre de 2011.
DONAR COMPTE al Consell Plenari Municipal de l’acord adoptat, en aplicació de l’article 63.1 del Reglament Orgànic
Municipal. PUBLICAR aquest acord en el Butlletí Oficial de la Província.
DONAR TRASLLAT a les Oficines d’Atenció al Ciutadà d’aquest Ajuntament per tal que s’informi que la supressió del
registre municipal d’unions civils entrarà en vigor a partir del dia següent de la publicació d’aquest acord en el Butlletí
Oficial de la Província. En conseqüència, a partir d’aquesta data no es tramitarà cap nova sol·licitud d’inscripció, sí es
tramitaran: les sol·licituds d’inscripció ja presentades, les sol·licituds de certificats de l’històric obrant en el registre i les
sol·licituds de baixa de les unions civils inscrites.”
Contra la present Resolució, que exhaureix la via administrativa, es podrà interposar recurs contenciós-administratiu
davant els Jutjats del Contenciós-administratiu de Barcelona, en el termini de dos mesos, sense perjudici de recórrer
potestativament en reposició davant l’òrgan que l’ha adoptat, en el termini d’un mes, en ambdós casos a comptar des de
l’endemà de la present notificació.
Contra la desestimació tàcita del recurs de reposició, es podrà interposar recurs contenciós-administratiu davant els
Jutjats del Contenciós-Administratiu de Barcelona, en el termini de sis mesos, a comptar des de la data que es produeix
l’acte presumpte.
També es podrà utilitzar qualsevol altre recurs que es cregui convenient.