Hasta ahora solo un presidente se ha negado y nada mas terminar su mandato se convoco una extraordinaria para el ascensor como asunto unico y se trato tambien en la siguiente ordinaria por lo que fueron dos veces en menos de un año.
Los presidentes, en general, no quieren lios y lo incluyen y votamos los mismos y siempre igual.....
Dice que un propietario compró a sabiendas de que no había ascensor, y ahora intenta una y otra vez que se ponga.
¿Sólo un propietario?, si es así, y yo fuera presidente, "le daría la vuelta a la tortilla", no le haría ni caso, y no incluiría el tema en el orden del día de ninguna junta, En vez de denunciarle, que sea él el que denuncie, casi seguro que no lo hará.
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Obviamente, nadie ha dicho que sea ilegal comprar una casa que a priori no te sirve.
Supone usted que en mi comunidad solo se celebran juntas ordinarias, pero el asunto se ha tratado mas de ocho veces en este tiempo, en juntas ordinarias y extraordinarias (varias), alguna convocada expresamente para ello. En ningun caso he dicho que tratar el mismo tema sea ilegal ni que no tengan derecho a solicitar que se trate en junta pero ciertamente hay abuso cuando se trata el mismo tema mas de una vez al año y segun he leido podria tratarse de un abuso de derecho denunciable. Puedo estar equivocada e incluso estar de acuerdo con usted en que denunciarlo seria perder el tiempo pero hay quien considera que no, entre ellos algunos de mis vecinos ya hartos del asunto y asi lo manifestaron en la ultima junta..
No discuto que sea poco inteligente pero no es ilegal. ç
Tratar un tema en 8 juntas ordinarias tampoco es ilegal y denunciar por abuso es perder el tiempo ya que están en su derecho al igual que el resto de la comunidad está en el suyo de no votar a favor.
Mala fe no sera pero comprar una vivienda a sabiendas de que no te resulta accesible (digo yo que la habran visitado antes de comprarla) es bastante poco inteligente. Caso distinto es que lleven viviendo en ella años y les sobrevenga una discapacidad y/o vayan cumpliendo años.
Mis vecinos compraron un cuarto piso sin ascensor a sabiendas de lo que compraban, son jovenes por lo que en principio no cumplen los requisitos para solicitar la instalacion por motivos de accesibilidad pero desde que compraron la vivienda año tras año tenemos el dichoso ascensor en el orden del dia de todas las juntas....sin que consigan la mayoria necesaria. Si lo consiguieran revalorizarian enormemente su vivienda (las otras no tanto) pero la mayoria de propietarios no se puede permitir la instalacion del ascensor porque hay dificultades arquitectonicas que salvar y que encarecen extremadamente la instalacion
El tema, en mi comunidad, empieza a ser "acoso y derribo" y estamos agotados de tanto discutir sobre el mismo tema y ya hay quien esta investigando si tratar el mismo tema ocho años seguidos en todas las juntas se puede denunciar por abuso.
Adaptar un edificio eliminando barreras arquitectónicas (siempre que sea físicamente posible) no es una cuestión de mala fe, a veces es cuestion de necesidad o de mera especulacion pero resolverlo implica a muchos propietarios que no pueden afrontarlo economicamente y se ven obligados por ley a hacerlo
Mejor opinión es la ley y la jurisprudencia, adaptar un edificio eliminando barreras arquitectónicas (siempre que sea físicamente posible) no es una cuestión de mala fe.
Soy de la opinión, que cuando alguien mayor de 70 años o con algún impedimento físico, adquiere una vivienda para uso propio, en un edificio que lleva construido años y donde existe un problema de accesibilidad, sabe lo que está comprando.
Por lo que debería adquirir una vivienda, en un edificio que ya esté adaptado, aunque a precio superior.
Lo contrario, que es comprar la vivienda a sabiendas que el edificio no tiene resulto el problema de accesibilidad, es una cuestión de manifiesta mala fe.
Salvo mejor opinión.
Así es. La comunidad y la empresa puede acordar el pago en varias anualidades para hacer más llevadero el pago. El periodo de tiempo no es fijo, hay empresa que fijan uno pero todo es negociable.
Si las anualidades acordadas no sobrepasan las 12 mensualidades todos los propietarios deberán contribuir a la totalidad
Hola, Fixin. Muchas gracias por la respuesta. Otra cuestión: cuando indicas que no están obligados a pagar el importe repercutido anualmente hasta el límite de 12 mensualidades, ¿quieres decir que si el coste es superior a las doce mensualidades pero se fracciona en importes inferiores durante varios años, todos estarían obligados a pagar su parte? ¿Quién decide en cuántos años se fracciona el coste de la instalación en caso de que no se apruebe por mayoría simple para su aprobación? Muchas gracias.
La LPH obliga a la comunidad en su art.10 a suprimir las barreras arquitectónicas cuando así lo solicite algún propietario con discapacidad o mayor de 70 años. La comunidad solo debe convocar junta para elegir presupuesto.
No obstante, es mejor que se vote la colocación con el fin de conseguir su aprobación y que así todos los propietarios estén obligados a pagar íntegramente el ascensor. Se necesita mayoría simple.
Si no se aprobara, y sabiendo que es obligatorio, los propietarios que no quieran ascensor solo están obligados a pagar el importe repercutido anualmente hasta el límite de 12 mensualidades.
Buenas tardes. A ver si me podéis ayudar con una cuestión que me han planteado y no tengo clara: ¿un arrendador mayor de 70 años puede exigir a la comunidad que se cumpla lo dispuesto en la Ley de Propiedad Horizontal acerca de supresión de barreras arquitectónicas, haciéndose cargo la comunidad de los gastos hasta los límites que establece la propia ley? Su inquilina no tiene discapacidad y es menor de 70 años, pero a este arrendador cada vez le cuesta más subir los tres pisos cada vez que tiene que solucionar algún problema en su vivienda arrendada. He visto que una ley de 1995 le permite hacer obras de adaptación a su cargo, pero no me queda claro si la LPH obliga a la comunidad a realizar las obras a cargo de la propia comunidad. Muchas gracias.