Hola compañeros! Estoy con un procedimiento en el que se discute la superficie de una finca. En la escritura pone que tiene una superficie de " 2.200 metros según titulo y registro y 2.411 metros según realidad y recient medición " y en el registro de la propiedad constan 2.411 metros.
Mi duda es: CUAL DE LAS DOS MEDICIONES ES LA QUE PREVALECE EN CASO DE DISPUTA?
¿Como han conseguido que en el Registro de la Propiedad consten 2.411,- si en escritura son 2.200,-? Es imposible. ¿Ha habido una escritura posterior de modificación?¿Has pedido certificación literal?
Buenas Perto. Tienes razón. Tengo nota simple y alli aparecen los 2.411.
En el caso en que en registro pusiera tambien " 2.200 metros según titulo y registro y 2.411 metros según realidad y recient medición " , QUE SUPERFICIE PREVALECE?
Hola. Es muy importante y te aportará fuerza el pedir a Catastro una " Certificación gráfica y descriptiva con linderos" de la finca en cuestión. Un saludo.
De acuerdo con 0010. ¿Que dice el Catastro?. Puedes consultarlo por Internet.
En cuanto al Registro de la Propiedad, para que haya variado los m2 tiene que haber documento público por medio. A menos de que haya considerado que fueran dos fincas distintas (por cambio de numeración debido a concentración parcelaria) y la segunda sería inmatriculación.
Un saludo.