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superacion del plazo maximo estipulado en recibo de señal

3 Comentarios
 
02/04/2008 23:06
Gracias por las respuestas.
Para mí lo más importante es llevar a cobo la compraventa. No quiero que se llegue a resolver el contrato. Lo único que me gustaría es que el vendedor se haga cargo de gastos que yo tengo como consecuencia de su retraso.
perfil TN
01/04/2008 17:45
"usted puede declarar resuelto el contrato"

No es correcto, debe requerir previamente al comprador para que en un plazo X diga fecha y lugar para la escritura, no se puede dar por resuelto así como así, artículo 1504 del CC:

"Artículo 1504.

En la venta de bienes inmuebles, aun cuando se hubiera estipulado que por falta de pago del precio en el tiempo convenido tendrá lugar de pleno derecho la resolución del contrato, el comprador podrá pagar, aun después de expirado el término, ínterin no haya sido requerido judicialmente o por acta notarial. Hecho el requerimiento, el Juez no podrá concederle nuevo término."

Le puedes pedir los gastos? legalmente no, pero puede que le interesa pagar para no perder lo aportado, siempre y cuando él no pueda cumplir cuando tú le hagas el requirimiento, en caso contrario no pagará.
01/04/2008 06:57
visto lo que explica, usted puede declarar resuelto el contrato, pero si le interesa continuar con la cv, pidale como contraprestacion a su incumplimiento la asuncion, por su parte de dichos gastos.

para cualquier comentario, si lo desea
lawteo@yahoo.es
Superacion del plazo maximo estipulado en recibo de señal
30/03/2008 18:52
El comprador de mi piso pagó la señal de reserva el 22 de febrero. En el documento de señal se establece que la operación de compraventa se tiene que realizar en máximo 35 días (27 de marzo) o de lo contrario se puede perder la señal.
resulta que el comprador está esperando a que uno de los bancos que le presta parte del dinero prepare cierta documentación para la firma y por eso se retrasan. Yo por mi parte, tengo una hipoteca y si hubiese firmado entre el dia 27 de marzo o el 1 de abril como mucho, negocié con mi banco que no me cobraria la comision de cancelación. Pero como la operación irá más allá de los 40 días, no solo pagaré hipoteca e interés de abril, sino que me cobrarán los intereses de cancelación. ¿Le puedo exigir al comprador que satisfaga alguno de los gastos que tengo como consecuencia de haber sobrepasado los 35 dias? (y los que quedarán) Gracias.