Buenas tardes y una vez mas, gracias por sus aportaciones en este magnifico medio.
MI consulta versa sobre la baja en el suministro de agua en el Canal de Isabel II.Era arrendatario de una vivienda hasta hece dos meses, y no lo di de baja en su dia.Soy el titular del contrato y entiendo y he confirmado que la vivienda esta ya ocupada de nuevo.
Como quiero disponer de una fianza que se deposita cuando te das de alta, mi duda es: ¿ Puedo darme de baja sin mayor problema o me repercutiran los costes de esta ?.
Entiendo que al trasparse la titularidad o subrogarse el nuevo inquilino, me deberian devolver esta sin mayor coste, ya que no se da de baja real al suminstro, es traspasarlo.( recalco esto porque al leer lass condiciones de baja del Canal, parece que realmente no se puede esperar mucho de su devolucion sin costes adicionales).
Gracias por la aclaracion de estas dudas .Un saludo.
Hola Alberts. La baja del contrato supone el corte del suministro del agua. Por lo tanto, la mejor opción es o bien un cambio de titularidad o bien un traspaso.
Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato, la documentación relacionada con el mismo y los datos que usted aporte, le indicará la mejor forma de proceder.