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Suministros y servicios vivienda

28 Comentarios
Viendo 21 - 28 de 28 comentarios
01/05/2013 17:36
Pues mira Encarnación abrió el melón, leyendo lo leído, yo tampoco te voy a contestar....
Saludos a todos los demás
Irene
01/05/2013 17:08
Si NO SE RESIDE en ella si tendrian que pagar la comunidad entre los dos coopropietarios.
Pero no es el caso, el use y disfrute de la vivienda en este caso es tuyo, por lo tanto tu te tienes que hacer cargo de REPITO, las tasas, servicios y suministros de la vivienda, porque tu te beneficias de ella y ademas asi lo señala el convenio.

En cuanto al resto de lo que comentas: El trabajo que tu realizas en el cuidado de tu hijo, es la contribucion que haces como tu parte correspondiente de pension de alimentos, que te recuerdo tambien tienes que hacerla al igual que el no custodio la hace dinerariamente.

Sobre lo de que tambien tendria que pagar el no custodio a una persona que cuidara del menor mientras tu trabajas...Mejor no te voy a contestar.

Enrique.
01/05/2013 16:40
Qué razón tienes monxiaoye. De acuerdo en todo contigo.


Saludos.
01/05/2013 16:35
Pues según me ha dicho mi abogado ésto no es así. Si se paga la mitad hipoteca de la vivienda sin residir en ella , por Ley se paga la mitad de la comuniadad también.

Si el piso estuviese alquilado igualmente tendríamos que pagar la comunidad a medias. El piso lo tienen mis hijos y yo que cuido de ellos de , digamos rebote. Los hijos son de los dos y el piso también, por eso hay que pagar gastos de comunidad a medias. La comunidad no entra dentro de la pensión de alimentos que pagamos igualmente a medias.
Si buscasemos una persona que cuidase de los críos, mientras que yo trabajo, también tendríamos que pagar a medias. Creo que es justo que se compartan los gastos de los hijos y de la vivienda donde habitan.

El trabajo que se realiza, digamos por amor?? por los hijos que viven con la parte custodia es completamente gratis, y en eso están de acuerdo todos los que no son custodios y estos cuidados no tienen precio porque no tienen horarios ni fecha en el calendario....., si se tuviesen que pagar no tendrían precio. Qué precio se pone a un trabajo de 24h de lunes a domingo?? Noches incluídas, como maestra, enfermera, lavandera, anímadora, peluquera, costurera, cocinera, proveedora de todo lo necesario, cantante, y muchas cosas más???
Irene.
01/05/2013 15:55
Si en tu convenio pone que tienes que pagar los suministros y servicios, la comunidad entra dentro.

Lo que debe pagar tu ex, es la mitad de los impuestos inherentes a la propiedad Como el IBI.
La comunidad es una tasa no un impuesto, al igual que la basura. Estas dos tasas se pagan por una serie de servicios que recibes. En el caso de la basura, pues porque te recojen la basura los servicios municipales y la comunidad otro tanto de lo mismo. La luz de la escalera, la limpieza de la finca, el mantenimiento de los ascensores, el jardin, el agua comunitaria,el seguro de la comunidad.... todos estos servicios se costean con la cuota de comunidad que pagamos cada uno de los vecinos que disfrutamos de inmueble.
01/05/2013 00:40
Desde luego la comunidad no es un suministro, ni el I.B.I tampoco.

Un piso auqnue este cerrado paga por estos conceptos de comunidad e I.B.I.y si los propietarios son varias personas lo pagan entre todos.

En cambio los suministros de sgua, gas , luz etc pueden estar cortados y no los paga nadie, los otros como le digo se pagan si o si.
01/05/2013 00:33
Eso tenia entendido yo, mi expareja dice que es la Comunidad de vecinos. Tenemos que pagar50% cada uno las derramas extraordinarias, le he reclamado la comunidad, porque tengo conocimiento de que ha habido jurisprudencia sobre este tema en una sentencia de marzo de 2011 y me dice que cuando en el Convenio pone servicios, este término atañe a la comunidad de propietarios y que soy yo la que tengo que pagar al 100%.
Muchas gracias de nuevo Martina5
Irene
30/04/2013 23:40
Pues agua, luz, gas, telefono, internet.

Saludos
Suministros y servicios vivienda
30/04/2013 21:08
Os parecerá una tontería , pero a ver si me podeis aclarar que son realmente los servicios de la vivienda. Tengo un Convenio donde dicen que tengo que pagar integramente los suministros, que se perfectamente lo que son y los servicios ,¿ qué es lo que se contempla en derecho como servicios exactamente?
Muchas gracias anticipadas
Irene