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suministros y empadronamiento

3 Comentarios
 
Suministros y empadronamiento
04/09/2007 13:21
buenos días, acabo de alquilar mi piso a una pareja portuguesa que acaba de llegar a españa para trabajar y para hacerle el contrato de trabajo, necesitan estar empadronados en mi piso. existe algun problema que esté yo empadronado y ellos también?
sería conveniente que cambiara la dirección de envío de las facturas de los suministros para que no las reciban ellos y luego se las pueda repercutir?
también me plantearon que les gustaría darse de alta de internet, teléfono y televisión por cable, todo a su nombre, pero en mi piso. Respecto a este tema, en qué manera me podría afectar?
no sé, estoy muy reacio a todas estas cosas y más leyendo algunos de los temas en este foro con respecto a los problemas que dan algunos inquilinos.
por último, a la hora de que hagan la renta, es obligatorio que indiquen la referencia catastral de mi piso como que son inquilinos mios? o eso se puede pactar? si se pactara que no la pusieran, como podrían hacerlo?
gracias.
04/09/2007 19:25
Son muchas las preguntas e intentaré darte solución a ellas. En primer lugar el empadronamiento, si tú alquilas el piso donde vivias y estabas empadronado, imagino qe ahora habitarás en otra parte y es ahí donde debes empadronarte, segudamente los inquilinos con el contrato de arriendo qiue les hagas se empadronarán en tu piso.
Las facturas y demás que recibes tu en tu domicilio actual sería conveniente que las trasladaras a tu domicilio habitual actual y luego reprcutir las que sea necsario al inquilino.
No hay problema en que los inquilinos contraten a su nombre los srvicios de internet, telefono ect. pues pueden hacerlo con el documento que les acredita como inquilinos d ela vivienda, No tiene que repercutirte para nada cualquier contrata que el inquilino haga ditectamente con empresas suminsitardoras, solamente a él le obligan las condicones que pacte.
En cuanto a la referencia catastral, desde hace poco tiempo se está obligando aincluirla en los contratos de arrendamiento y es obligatorio cuando hagan la declaración de la renta los inqulinos facilitar la misa, es la maera que tiene la adminsitración pública de empezar a controlar los arrendamientos.
04/09/2007 20:04
muchas gracias valles por tus respuestas tan precisas.
tan solo me queda la duda de la referencia catastral. Me han comentado que hay alguna manera de evitar poner la referencia catastral en la renta, pero desconozco como. Creo que hay pisos que no tienen referencia catastral.
si esta pareja es extranjera, pueden poner que su vivienda se encuentra en su pais de origen, en vez de mi piso?
gracias de nuevo.
05/09/2007 19:29
Hola guisa: todos los inmuebles y fincas registradas tienen una referencia catastral, quizás te refieras a aquellos pisos de determinados edificios de un solo propietario y que no están constituídos en propiedad horizontal, pero aún así el inmueble completo tiene una referencia catastral, y ésta es la que debería ponerse.