Entiendo que cuando hay una relación contractual entre arrendador y arrendatario el primero no pueda quitar el agua, la luz o internet al segundo sin sentencia judicial pero ¿Si te ocupan la casa personas con las que no tienes relación alguna tienes obligación de no suspender los suministros y seguir pagandolos? Yo entiendo que no pero por confirmarlo.
Sí.
No existe la figura de la ocupación; si es allanamiento van fuera enseguida, si no los puedes tirar es porque suelen alegar que hay algún tipo de contrato verbal de arrendamiento.