Buenos días,
Quería saber si es lícito arrendar una vivienda o Local con los suministros de Agua o Luz dados de Baja.
Y si se puede pactar verbalmente la prolongación del inicio de pago de la renta como compensación por el pago del alta de dichos suministros por parte del arrendatario.
Lo que deben hacer es plasmarlo en el contrato de arrendamiento que suscriban entre ambas partes, a efectos de que quede constancia de ello por escrito y firmado por las dos partes, para evitarse despues posibles problemas.