Buenas tardes.
Espero puedan ayudarme con mi caso. Recientemente he comprado una vivienda que está en suelo rústico, aunque está escriturada, registrada y según catastro la casa aparece como bien urbano. Está pegando al pueblo y rodeada de otras casas (entre mi casa y la farmacia hay una parcela pequeña) y dispone de todos los servicios: agua, luz, alcantarillado... De hecho la casa ha tenido luz hasta el mes de mayo del año pasado.
He llamado a Iberdrola para que me informaran sobre lo que tenía que hacer para tener luz de nuevo en la casa y les he dicho que no se trata de una nueva acometida pues ya tiene punto de suministro. Tras varias llamadas me han facilitado el CUPS y me han dicho que debo solicitar abrir un expediente para modificación de instalación para dar de alta la luz, para lo que necesito un boletín de enganche (que ya tengo) y otra documentación que también les he facilitado según me la han ido pidiendo. Todo esto ha sido telefónicamente, el expediente ya está abierto y me han ido pidiendo documentación a través de sms o correos electrónicos: referencia catastral, plano de situación, situación exacta de CGP... tras decirme que ya está toda la documentación me dicen que tengo que sacar el contador a la calle. Pongo la caja en la pared exterior y los tubos para que ellos metan los cables en el contador a ahora también quieren que saque el CGP fuera, con lo que debería hacer una nueva acometida y extensión de la línea desde el punto más cercano hasta mi propiedad, con lo que tendría que abrir la calle (no sé cuantos metros) para enterrar cableado y todo lo que conlleva.
Puesto que no han pasado 3 años desde que se dio de baja la luz y quitaron el contador, parecer ser que los derechos de acometida, extensión... están vigentes y puedo subrogarme al anterior contrato, pues ya hay un punto de suministro, pero Iberdrola me dice que no es posible, que tengo que hacer la acometida sí o sí, cuando yo he leído que no se puede exigir puesto que ya existe punto de luz, que tienen que enganchar y listo. Yo entiendo que a ellos les interesa que yo haga la acometida, porque yo la pago y luego se la tengo que ceder. mi pregunta es si tengo que hacer yo la acometida? en el caso de que tenga que hacerla tengo que pagarla yo o Iberdrola? Es que he leído que hasta el punto donde empieza la propiedad tienen que asumir ellos los gastos, pero con tanto tecnicismo me lío.
Por otro lado, cuando he solicitado el alta nueva por indicación suya, no me han informado de nada en absoluto: presupuesto de acometida, derechos vigentes en el punto de suministro...., como digo me han ido pidiendo las cosas por sms o mail.
Gracias y saludos