He recibido de la Alcaldía de mi pueblo un oficio en el que como Presidente de la Comunidad de Propietarios de mi edificio se me pone en conocimiento que se está actualizando el Padrón de Aprovechamiento común especial en el tramo de la via pública para entrada y salida de vehículos a través de acera (Vado Permanente) el cual tenemos conciliado con el Ayuntamiento desde hace 4 años. Pagamos la cantidad de 21,04 € al año. Y para “adecuar” la tasa por dicho aprovechamiento a la ordenanza fiscal se me “ruega” a que informe a mi Ayuntamiento de los vecinos que tienen plaza de garaje en el sótano de mi edificio. Queda claro que lo que quieren es aumentar la tasa según los vehículos que utilicen dicho vado. 2 Preguntas. 1ª Que nos puede pasar si no comunico los 24 propietarios de mi edificio alegando que estan bajo la Ley de Proteccion de datos de carácter personal o si tan sólo les indico el número de ellos (24). 2ª Si el Vado Permanente sólo me garantiza el que no puedan aparcar vehículos delante de la puerta del garaje puedo renunciar a pagarlo (El ayuntamiento me retiraria la placa de la puerta) y retirar los vehículos que aparquen delante de la puerta del garaje por nuestros “propios medios”, tenemos un taller con grua mismo enfrente del edificio.
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1.- Ha de comunicar al Ayuntamiento, al menos el nº de plazas del garage. Seguramente solo les interesa eso.
2.-No puede negarse al pago fiscal del vado, ni retirar vehiculos por su cuenta, si n o hay vado autorizado.
Pida en el Ayuntamiento, si se ha aprobado una nueva ordenanza que regule los vados y sus condiciones. En principio los garajes colectivos, son un bien para el Municipio, dado que se eliminan vehiculos que estacionan en la via publica, por lo que me parece absurdo que se cobre por el numero de vehiculos y no por la longitud del vado.
Por otro lado habria que ver, en caso de nueva ordenanza, si esta se aplica con efecto retroactivo a edificios que ya estaban construido, antes de la entrada en vigor. Hay unos derechos adquiridos.
Tambien habria que considerar el aspecto urbanistico, ya que a veces el numero de plazas esta impuesto por la normativa urbanistica, en base a numero de vivienda y superficie de locales.
Si os sirve de referencia, en mi ciudad la tasa es a tanto por metro lineal de vado, y la categoría asignada a la vía pública al que se abre, independientemente de los vehículos que acceden al garaje, a mayor categoría, mayor precio de metro.
Si no la ha recibido con acuse de recibo, no conteste, y en caso contrario, estudie la forma de facilitar el mínimo de datos posible.
Buena la idea de Lexis de pasar por el Ayuntamiento (diga alli que es un vecino cualquiera y que el presidente de su escalera le ha dicho que tiene que darle al consistorio su nombre, así que quiere saber para qué quiere el ayuntamiento esos datos, y si tiene obligación de facilitárselos a su presidente).
Lo que me consta es que el Ayuntamiento sabe perfectamente qué vados tiene concedidos, los ilegales ya se ocupa la Policía Municipal de denunciarlos, así que vaya una mala excusa le han dado en esa carta.
Hola,vivo en una calle de sentido unico en la que las viviendas son adosados y las entradas a los garajes no estan señalizadas con la placa de vado.Las entradas a los garajes estan contiguas las unas con las otras.Mi pregunta es:si yo coloco la placa de vado,esta obligado mi vecino a colocarla?Esto es porque si el sigue aparcando en su entrada de garaje yo no puedo maniobrar para entrar o salir del mio.
Saludos y gracias por adelantado.
Hola, soy propietario de un vado permanente y a causa de unas obras en frente me encuentro cada dos por tres el vado obstruido por grúas y camiones y durante varias horas no puedo acceder al mismo. ¿Tinene la obligación el ayuntamiento, que da el permiso, o la empresa a avisarme con antelación? ¿Puede denunciar o reclamar daños, ya que el vado es de trabajo, al ayuntamiento o a la empresa?.
gracias