Se trata del ayntamiento de Calpe. Se trata de una categoría de suelo urbano con características "especiales". Si alguien está interesado intentaré enviarle la información completa.
es fácil de saber, si se indica el ayuntamiento
así, en abstacto, tiene sentido, y bien puede ser suelo urbano consolidado
no parece lógico que no esté claro qué áreas están sujetas a estudio de detalle, pero pudiera caber una ordenanza generalista aplicable a la mayor parte de ese suelo, incluso a todo ese suelo, con la única precaución de tratar de resolver singularidades surgidas por el grado de libertad que la ordenanza permite en la ordenación de volúmenes e incluso en la tipología.
un estudio de detalle no se traduce únicamente en pagar más, ya que, aunque tiene un coste, no es más que el coste de una labor de diseño a priori más trabajada tratando de dar una respuesta singularmente adecuada a un marco excepcional. Un estudio de detalle fundamentalmente ordena volúmenes, alineaciones y rasantes, y, aunque está restringido por los límites de la ordenanza zonal, amplía claramente las posibilidades organizativas y libera de algunos parámentros estéticos y hasta dimensionales. A su vez, su tramitación da una oportunidad a la participación vecinal mediante alegaciones en la fase de exposición pública.
Es posible que sea una categoría de suelo de algún régimen urbanístico simplificado, sin plan general, aplicado a municipios rurales de escasa densidad de población.
No obstante, considero que es una categoría de suelo equivalente al suelo urbano no consolidado de los planes generales.
No se trata de no expresarse bien. Esto existe.
Hoy me ha aparecido el mismo concepto urbanístico, con la sorpresa de que implica un notable pago al ayuntamiento para obtener la licencia de obra.
un saludo, Emilio.
Buenos días, me gustaría saber si un terreno de suelo urbano de area de borde tiene la misma consideración para poder construir que un suelo urbano consolidado, por lo que he leído en el plan de ordenación territorial de mi ayuntamiento tienen la misma consideración ambos pero que el de area de borde puede estar sujeto a estudios de detalle, y no tengo ni idea de que significa eso. la cuestión es saber si se puede construir o no en dicho terreno y los requisitos para llevarlo a cabo. Muchas Gracias y un saludo