Hola a todos, quería consultaros una duda para ver si me podéis ayudar. Es la siguiente. Hace unos meses compramos una finca de 700 metros que estaba calificada como suelo rustico de protección ordinaria. En el ayuntamiento preguntamos qué era lo que se podía construir y cómo, y allí nos dijeron que podíamos construir una construcción auxiliar (galpón o casa de aperos) que tendría que tener como máximo 50 metros y que no podía ser de ladrillo, tenía que estar hecha de bloques y con tejado de uralita. El caso es que hemos estado echando un vistazo a la ley del suelo y otros documentos y en ninguno vemos que ponga esto, (lo que sí pone es que los materiales deben ser acordes con el paísaje rural). ¿Alguien nos podría explicar qué es concretamente el suelo rustico de protección ordinaria y qué es lo que se puede construir en él (tiene que ser un galpón de bloques o puede ser una casita de ladrillo de una planta de 50m??), sus características y los materiales a utilizar?
(Por si sirve de algo os aclaro que es un terreno en Galicia, en la provincia de pontevedra).
Gracias de antemano por la ayuda, porque, la verdad, con tanto término legal y tanta ley estamos hechos un lío.