Hola mi consulta es que tengo un solar calificado como rustico por lo tanto no me dejan construir, pero el solar esta rodeado de construcciones legales, la calle tiene luz, agua, alcantarillado... He ido al ayuntamiento y me comentaron que haga una reclamacion en la proxima revision del plan general de ordenacion pero puedo hacer esa reclamacion antes o reclamar por algun otro medio. Gracias
Hola me gustaría q m hecheis un cable me compre un terreno rústico en guisando Ávila y después de un año y medio de papeles me han dado el permiso para casa de aperos me he pasado unos 15 metros x q nos han contado la mitad d porche nos pide el ayuntamiento q haga un nuevo proyecto como nave agrícola el arquitecto q trabaja en el ayuntamiento es q q realiza el proyecto de hay su interés y las pegas y trabas q nos ponen m ? Es si es necesario un proyecto nuevo o seria mejor una sanción nos dicen q no hay opción q hay q modificar y poner un anexo al proyecto original q no hace falta visarlo , lógicamente el arquitecto d ayuntamiento tiene interés en eso y en complicarnos porque el sale beneficiado al día siguiente de hacer l inspección paro l obra ya llevo dos proyectos y este seria el tercero y ya estoy un poco mosqueada
El problema es q el arquitecto ahora me pide 1700 por ampliar a nave agrícola m dice q no hace falta visarlo lo q quiere es q pasemos x el aro por q ya cobro el proyecto de la nave de aperos yo lo q m gustaría saber si es necesario esto me dicen q si pero en otros casos similares simplemente los h valido con una multa o simplemente lo han pasado pero al no ser d pueblo quieren taja como es el arquitecto del ayuntamiento es el el q maneja todo y pone y quita normas por lo q veo presentamos un proyecto q nos hizo un primer arquitecto no valió a si q el arquitecto de ayuntamiento no hizo uno y ahora quiere hacer un proyecto q dice q valdría pero q es ilegal porque seria una nave y por lo metros q tenemos legalmente no podríamos pero claro según el harían l vista gorda que hago trago o muevo
¿ que qué haces ?, tu sabrás que has construido y el uso dado a lo construido al amparo de una licencia de caseta de aperos.
Si la superficie construida es inferior a 30 m2, la parcela tiene más de 5.000 m2 de superficie, el suelo es rústico común o suelo rústico con protección agropecuaria, la caseta está vinculada a una explotación forestal, agrícola o ganadera, documentalmente demostrable de que se paga el impuesto correspondiente a la actividad desarrollada, mánda al técnico a hacer puñetas.
Ahora bien, si la construcción no cumple con esos requistos creo que deberías "atarte los machos".