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suelo no urbanizable

6 Comentarios
 
29/04/2005 15:57
Totalmente de acuerdo, está reglado (lo confirme ya del todo leyedo la ley 4/2000).
Un saludo
28/04/2005 22:36
Pues no lo sé, pero lo que si sé es que en mi Ayuntamiento sí es un tema "reglado".
Hemos de tener en cuenta que, en efecto, las clases de suelo recogidas en el art. 7 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, de Régimen del Suelo y Valoraciones, contiene la clase de "suelo no urbanizable", que la Ley 2/2001 del Suelo de Cantabria (por ejemplo) denomina "Rústico" de acuerdo con su exposición de motivos (III.4) "reflejar con rotundidad el rechazo deliberado de una concepción residual o símplemente negativa de dicho suelo".
Por lo anterior, pienso que "sí está reglado" se denomine de una forma u otra.
28/04/2005 22:07
efectivamente Julio.L, esta derogado.
28/04/2005 17:12
Disculpa canosarq, pero ese artículo 12 del que me hablas no está derogado por la Ley 6/98?
28/04/2005 11:56
Gracias por responderme canosarq
Un saludo
27/04/2005 22:25
SI está "reglada", tal como podemos ver en la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana (Texto Refundido aprobado por RDLegislativo 1/1992, de 26 de Junio) donde en su Título I, Capítulo I, Art. 12. Suelo no Urbanizable lo define, y en su Capítulo II "Régimen del Suelo NO Urbanizable.... marca su destino.
Suelo no urbanizable
27/04/2005 20:16
Hola, quiera saber si es discrecional o reglada la decisión de clasificar el suelo como no urbanizable. Gracias