como bien dice la palabra, en suelo no urbanizable, no se puede urbanizar, ed decir, construir, edificar o instalar cualquier tipo de infraestructura , ya que se trata de un suelo que goza de una protección por parte de las autoridades ( plan general de ordenación o directrices autónomicas), por tratarse de una zona natural, paisajística, agrícola o por tener un valo cultural o histórico.
el objeto de mi consulta es acerca de este tipo de suelo y en concreto me gustaria conocer opiniones sobre la posibilidad de construir un campo de golf en dicho suelo ademas de lindar esta porción de tierra con el mar, se asienta en un acantilado. ¿es verdaderamente en impedimento el que dicho suelo este clasificado como no urbanizable? ¿hay algún posibilidad de construir en dicho terreno? ¿ con las autorizaciones de las que habla el art.20 de la Ley del suelo del 98?¿ Cuales son estas?. además me gfustaria que me facilitaseis jurisprudencia al respecto?