en mi caso,pase el tribunal medico el 7/10 me llego el sms confirmando que me la habÃan concedido el 5/11 y el dia 15/11 me pagaron el primer mes y la parte proporcional de la extra,no esperaron ni al dia 25 que es el dia de cobro
mientras sale el juicio tu sigues cobrando la total que te han concedido y cuando salga el juicio si ganas te pagan los atrasos y si la ss recurre tu mientras cobras la absoluta,con la ventaja de que si el recurso lo gana la ss no tienes que devolver nada
Mi pregunta es: suponiendo q me concedan la total si yo no estoy conforme con la total y pido la absoluta por vÃa judicial
Eso no afectarÃa a la resolución ya dada en este caso con ip total
Me refiero que yo cobrarÃa lo correspondiente a iptotal independientemente que hiciese mi recurso para solicitar la absoluta?
Gracias
Ya me contaras en tu caso como ha sido
Si, siempre se apela, sin excepciones...………………………………………………………………………………………………………………….
¿suele apelarse por la ss la concesión de una pensión de incapacidad absoluta?